Panteones
Información General
Beneficiarios
Panteón Nº 2020 en el Cementerio del Norte:
- Personal Superior y Subalterno en Actividad o Retiro y Equiparados, aportantes del FETS.
- Civiles aportantes al Fondo Especial de Tutela Social, de los Siguientes escalafones incluyendo todos los grados:
- Escalafón A (Profesional) Grados 4 a 9.
- Escalafón B (Técnico Profesional) Grados 3 a 8.
- Escalafón C (Administrativo) Grados 1 a 6.
- Escalafón D (Especializado) Grados 1 a 6.
- Escalafón E (Oficios) Grados 1 a 6.
- Escalafón F (Servicios) Grados 1 a 6.
- Padres, cónyuges, concubinos (con reconocimiento judicial de la unión concubinaria) e hijos hasta 21 años (mayores de 21 años sólo si están declarados judicialmente incapaces).
- Pensionistas (generan derecho sólo sí mismos).
NOTA:
- Es obligación de los deudos efectuar los trámites necesarios, con la debida antelación a los efectos de las reducciones de los restos, cuyo plazo es de 2 años, en caso contrario se dispondrá se efectúe de oficio, treinta días después de vencido el plazo indicado y previa notificación de los interesados.
- A falta de disponibilidad en el Panteón N° 2020, los cuerpos podrán ser sepultados en tierra o tubulares o en los Panteones de Pando o los Cerrillos, si correspondiese.
- La Empresa Fúnebre seleccionada para el servicio fúnebre, será quien realice el trámite ante los diferentes panteones.
Panteón Nº 129 en el Cementerio de Pando:
- Personal Superior y Subalterno en Actividad o Retiro y Equiparados, aportantes del FETS.
- Civiles aportantes al Fondo Especial de Tutela Social, de los Siguientes escalafones incluyendo todos los grados:
- Escalafón A (Profesional).
- Escalafón B (Técnico Profesional).
- Escalafón C (Administrativo).
- Escalafón D (Especializado).
- Escalafón E (Oficios).
- Escalafón F (Servicios).
- Padres, cónyuges, concubinos (con reconocimiento judicial de la unión concubinaria) e hijos hasta 21 años (mayores de 21 años sólo si están declarados judicialmente incapaces).
- Pensionistas (generan derecho sólo sí mismos).
NOTA:
- Es obligación de los deudos efectuar los trámites necesarios, con la debida antelación a los efectos de las reducciones de los restos, cuyo plazo es de 2 años, en caso contrario se dispondrá se efectúe de oficio, treinta días después de vencido el plazo indicado y previa notificación de los interesados.
- A falta de disponibilidad en el Panteón N° 2020, los cuerpos podrán ser sepultados en tierra o tubulares o en los Panteones de Pando o los Cerrillos, si correspondiese.
- La Empresa Fúnebre seleccionada para el servicio fúnebre, será quien realice el trámite ante los diferentes panteones.
Panteón N° 38 en el Cementerio de Los Cerrillos:
- Personal Superior y Subalterno en Actividad o Retiro y Equiparados, aportantes del FETS.
- Civiles aportantes al Fondo Especial de Tutela Social, de los Siguientes escalafones incluyendo todos los grados:
- Escalafón A (Profesional).
- Escalafón B (Técnico Profesional).
- Escalafón C (Administrativo).
- Escalafón D (Especializado).
- Escalafón E (Oficios).
- Escalafón F (Servicios).
- Padres, cónyuges, concubinos (con reconocimiento judicial de la unión concubinaria) e hijos hasta 21 años (mayores de 21 años sólo si están declarados judicialmente incapaces).
- Pensionistas (generan derecho sólo sí mismos).
NOTA:
- Es obligación de los deudos efectuar los trámites necesarios, con la debida antelación a los efectos de las reducciones de los restos, cuyo plazo es de 2 años, en caso contrario se dispondrá se efectúe de oficio, treinta días después de vencido el plazo indicado y previa notificación de los interesados.
- A falta de disponibilidad en el Panteón N° 2020, los cuerpos podrán ser sepultados en tierra o tubulares o en los Panteones de Pando o los Cerrillos, si correspondiese.
- La Empresa Fúnebre seleccionada para el servicio fúnebre, será quien realice el trámite ante los diferentes panteones.