Panteones

Información General

Beneficiarios

Panteón Nº 2020 en el Cementerio del Norte:

  • Personal Superior y Subalterno en Actividad o Retiro y Equiparados, aportantes del FETS. 
  • Civiles aportantes al Fondo Especial de Tutela Social, de los Siguientes escalafones incluyendo todos los grados:
    • Escalafón A (Profesional) Grados 4 a 9.
    • Escalafón B (Técnico Profesional) Grados 3 a 8. 
    • Escalafón C (Administrativo) Grados 1 a 6.
    • Escalafón D (Especializado) Grados 1 a 6.
    • Escalafón E (Oficios) Grados 1 a 6.
    • Escalafón F (Servicios) Grados 1 a 6.
  • Padres, cónyuges, concubinos (con reconocimiento judicial de la unión concubinaria) e hijos hasta 21 años (mayores de 21 años sólo si están declarados judicialmente incapaces). 
  • Pensionistas (generan derecho sólo sí mismos).

NOTA: 

  • Es obligación de los deudos efectuar los trámites necesarios, con la debida antelación a los efectos de  las reducciones de los restos, cuyo plazo es de 2 años, en caso contrario se dispondrá se efectúe de    oficio, treinta días después de vencido el plazo indicado y previa notificación de los interesados.
  • A falta de disponibilidad en el Panteón N° 2020, los cuerpos podrán ser sepultados en tierra o tubulares o en los Panteones de Pando o los Cerrillos, si correspondiese.
  • La Empresa Fúnebre seleccionada para el servicio fúnebre, será quien realice el trámite ante los diferentes panteones.

Panteón Nº 129 en el Cementerio de Pando:

  • Personal Superior y Subalterno en Actividad o Retiro y Equiparados, aportantes del FETS. 
  • Civiles aportantes al Fondo Especial de Tutela Social, de los Siguientes escalafones incluyendo todos los grados:
    • Escalafón A (Profesional).
    • Escalafón B (Técnico Profesional).
    • Escalafón C (Administrativo).
    • Escalafón D (Especializado).
    • Escalafón E (Oficios).
    • Escalafón F (Servicios).
  • Padres, cónyuges, concubinos (con reconocimiento judicial de la unión concubinaria) e hijos hasta 21 años (mayores de 21 años sólo si están declarados judicialmente incapaces). 
  • Pensionistas (generan derecho sólo sí mismos).

NOTA: 

  • Es obligación de los deudos efectuar los trámites necesarios, con la debida antelación a los efectos de  las reducciones de los restos, cuyo plazo es de 2 años, en caso contrario se dispondrá se efectúe de    oficio, treinta días después de vencido el plazo indicado y previa notificación de los interesados.
  • A falta de disponibilidad en el Panteón N° 2020, los cuerpos podrán ser sepultados en tierra o tubulares o en los Panteones de Pando o los Cerrillos, si correspondiese.
  • La Empresa Fúnebre seleccionada para el servicio fúnebre, será quien realice el trámite ante los diferentes panteones.

Panteón N° 38 en el Cementerio de Los Cerrillos:

  • Personal Superior y Subalterno en Actividad o Retiro y Equiparados, aportantes del FETS. 
  • Civiles aportantes al Fondo Especial de Tutela Social, de los Siguientes escalafones incluyendo todos los grados:
    • Escalafón A (Profesional).
    • Escalafón B (Técnico Profesional).
    • Escalafón C (Administrativo).
    • Escalafón D (Especializado).
    • Escalafón E (Oficios).
    • Escalafón F (Servicios).
  • Padres, cónyuges, concubinos (con reconocimiento judicial de la unión concubinaria) e hijos hasta 21 años (mayores de 21 años sólo si están declarados judicialmente incapaces). 
  • Pensionistas (generan derecho sólo sí mismos).

 

NOTA:

  • Es obligación de los deudos efectuar los trámites necesarios, con la debida antelación a los efectos de  las reducciones de los restos, cuyo plazo es de 2 años, en caso contrario se dispondrá se efectúe de    oficio, treinta días después de vencido el plazo indicado y previa notificación de los interesados.
  • A falta de disponibilidad en el Panteón N° 2020, los cuerpos podrán ser sepultados en tierra o tubulares o en los Panteones de Pando o los Cerrillos, si correspondiese.
  • La Empresa Fúnebre seleccionada para el servicio fúnebre, será quien realice el trámite ante los diferentes panteones.

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