Registro Nacional de Personas con Discapacidad
¿Cómo obtener el Registro en Uruguay?
En el marco de la Ley 19.924 y la reglamentación de su Artículo 486, el Registro Nacional de Personas con Discapacidad pasa a la órbita del Ministerio de Desarrollo Social, siendo la Secretaria Nacional de Cuidados y Discapacidad quien actualmente realiza el proceso de valoración de la situación discapacidad y la emisión de las constancias a todas aquellas personas que ya se encuentran inscriptas en este registro.
El ingreso al Registro Nacional está condicionado a una valoración de la situación de discapacidad de la persona, por parte de un equipo técnico.
Desde enero de 2024, la inscripción al registro sólo puede realizarse a través de una postulación personal en la página web del Ministerio de Desarrollo Social.