Registro Nacional de Personas con Discapacidad

Es un requisito para todas las personas en situación de discapacidad que aspiran a concursar por un puesto de trabajo, ya sea en la función pública (Ley 18.651) o en el ámbito privado (Ley 19.691) por medio de la ley de cuotas.

¿Cómo obtener el Registro en Uruguay?

En el marco de la Ley 19.924 y la reglamentación de su Artículo 486, el Registro Nacional de Personas con Discapacidad pasa a la órbita del Ministerio de Desarrollo Social, siendo la Secretaria Nacional de Cuidados y Discapacidad quien actualmente realiza el proceso de valoración de la situación discapacidad y la emisión de las constancias a todas aquellas personas que ya se encuentran inscriptas en este registro. 

El ingreso al Registro Nacional está condicionado a una valoración de la situación de discapacidad de la persona, por parte de un equipo técnico.

Desde enero de 2024, la inscripción al registro sólo puede realizarse a través de una postulación personal en la página web del Ministerio de Desarrollo Social.

Inscripción

 

 

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