Registro Nacional de Personas con Discapacidad
Es un requisito para todas las personas en situación de discapacidad que aspiran a concursar por un puesto de trabajo, ya sea en la función pública (Ley 18.651) o en el ámbito privado (Ley 19.691) por medio de la ley de cuotas.
¿Cómo obtener el Registro en Uruguay?
En el marco de la Ley 19.924 y la reglamentación de su Artículo 486, el Registro Nacional de Personas con Discapacidad pasa a la órbita del Ministerio de Desarrollo Social, siendo la Secretaria Nacional de Cuidados y Discapacidad quien actualmente realiza el proceso de valoración de la situación discapacidad y la emisión de las constancias a todas aquellas personas que ya se encuentran inscriptas en este registro.
El ingreso al Registro Nacional está condicionado a una valoración de la situación de discapacidad de la persona, por parte de un equipo técnico.
Lengua de Señas Uruguaya (LSU)
En el siguiente video podés acceder a la información en LSU.
Descargas
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- Ficha personal (.pdf 539 KB)
- Documento informativo - Ficha personal (.pdf 262 KB)
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