Denuncias sobre violencia doméstica. Setiembre de 2019 - Marzo de 2020

Respuesta a solicitud de acceso a la información pública

El Servicio Telefónico de Orientación a Mujeres en situación de Violencia Doméstica se enmarca en un convenio de cooperación celebrado entre la Intendencia de Montevideo (IM) e INMUJERES en febrero de 2019. A partir de lo establecido en el mismo, la IM es responsable de proporcionar la infraestructura edilicia y tecnológica necesarias para su funcionamiento, mientras que INMUJERES asume los gastos correspondientes a su gestión, así como la supervisión en base a orientaciones técnicas y metodológicas definidas.

Para ello, con fecha 9 de setiembre de 2019, MIDES INMUJERES suscribe un convenio con la Fundación PLEMUU (organización seleccionada por Licitación Pública 8/2019) que tiene por objeto la gestión del Servicio Telefónico. El mismo es incorporado a los restantes dispositivos del Sistema de Respuesta en Violencia basada en Género de la División de Violencia basada en Género de

INMUJERES, quien es responsable de su supervisión técnica en base a protocolo de actuación definido.

Hasta esa fecha, la Intendencia de Montevideo, a través de la Asesoría para la Igualdad, fue responsable de la gestión y funcionamiento del Servicio Telefónico.

Por lo expuesto, la información proporcionada en el presente informe es la producida a partir del 9 de setiembre de 2019, cuando el Servicio es incorporado a la órbita del INMUJERES.

1. Cantidad de denuncias por violencia doméstica recibidas por mes desde enero de 2019 hasta marzo de 2020 en la línea 0800 4141

El Servicio Telefónico 0800 4141 es gratuito, de alcance nacional y brinda orientación, contención y asesoramiento a mujeres en situación de violencia doméstica -así como a familiares y/o técnicos referentes de mujeres que se encuentren en esa situación.

Sin embargo, no recepciona denuncias por violencia doméstica, siendo organismos competentes para su tramitación, el Ministerio del Interior, la Fiscalía General de la Nación y el Poder Judicial.

El Servicio Telefónico ofrece asesoramiento para la realización de la denuncia, -en caso que se considere oportuno a la situación planteada- brindando información acerca de los procedimientos, así como de los recursos institucionales necesarios para que la usuaria concurra, priorizándose su accesibilidad.

Datos correspondientes a los registros de llamadas del Servicio de Orientación Telefónica 0800 4141
2019Llamadas
SETIEMBRE*474
OCTUBRE463
NOVIEMBRE975
DICIEMBRE1432
TOTAL3344

 

2020Llamadas
ENERO1130
FEBRERO806
MARZO1301
TOTAL3237

 

Cantidad de llamadas atendidas por las operadoras del Servicio de Orientación Telefónica 0800 4141. Setiembre - Diciembre 2019

Fuente: Depto. Generación de Conocimiento y Orientaciones Metodológicas de la División de Violencia basada en Género Inmujeres-MIDES, en base a registros administrativos del Servicio y registros de la División Informática del MIDES.

Cantidad de llamadas atendidas por las operadoras del Servicio de Orientación Telefónica 0800 4141. Enero-Marzo 2020

Fuente: Depto. Generación de Conocimiento y Orientaciones Metodológicas de la División de Violencia basada en Género Inmujeres-MIDES, en base a registros administrativos del Servicio y registros de la División Informática del MIDES.

2. Cuántas llamadas tuvo la línea oficial en marzo de 2020?

En el mes de marzo 2020 se atendieron 1.301 llamadas.

3. ¿Cuántas personas en esta situación de violencia recibieron atención o protección en marzo de 2020?

El Servicio Telefónico ofrece una atención especializada a través de la escucha activa a las mujeres en situación de violencia doméstica que se comunican, asegurando la confidencialidad de la misma. Quienes consultan no tienen obligación de dar sus datos personales. Se podrán solicitar únicamente en aquellos casos en que la operadora telefónica valore riesgo de vida -siempre que la usuaria lo autorice- a fin de realizar las coordinaciones institucionales necesarias para garantizar su protección.

Salvo estas situaciones de excepción, no se registran datos personales de las personas que se comunican, ni se realiza, por lo tanto, un seguimiento posterior a la llamada.

Es por ello, que no se cuenta con información sobre la cantidad de mujeres que recibieron atención en servicios especializados, en forma posterior a la atención telefónica brindada.

 

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