Informes técnicos
Asunto Nº 37/2020: IB OPCO HOLDING S.L. - GLOBALIA CORPORACIÓN EMPRESARIAL S.A. - Concentración Económica
Quien suscribe está de acuerdo con las condiciones establecidas por las partes.
Quien suscribe está de acuerdo con las condiciones establecidas por las partes.
Se concluye que la probabilidad de afectación en el mercado relevante propuesto a través de la presente concentración es baja.
Desde el punto de vista económico, la concentración no generaría perjuicios al mercado relevante definido debido a los argumentos expuestos en el cuerpo del informe.
A mejor opinión de la Comisión esta asesora sugiere a la Comisión que se tenga por bien notificada la concentración económica de marras.
En virtud de lo expuesto a lo largo del presente, en opinión de la suscrita, corresponde tener por subsanadas las observaciones realizadas, teniéndose por correcta y completa – desde el punto de...
A partir del análisis realizado, quien suscribe entiende que la presente operación entre MAURUGUAY S.A. y PETROBRAS URUGUAY S.A. no implica aumentos en el grado de concentración a nivel horizontal...
Desde el punto de vista jurídico esta asesora entiende necesario evacuar la inconsistencia que surge de la imposibilidad de inscribir y publicar el contrato de usufructo de las presentes...
La información económica presentada cumple con los requisitos establecidos
En conclusión, quien suscribe entiende que la concentración debe ser aprobada, tanto para el transporte de pasajeros como para el transporte de carga, debido a que no generaría perjuicios al marco...
Antecedentes: Con base en los Informes Técnicos Nº 202/020 y Nº 241/020, la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia dispuso en la Resoluciones Nº 205/020 y Nº 235/020 que la información...