Bases de la convocatoria "Agrotic"

Otros aspectos de la convocatoria

El tratamiento de los datos se hará en concordancia de lo establecido en las leyes 18.331 y 18.381 y normas reglamentarias en lo referente a protección de datos personales, acceso a la información pública y demás materias reguladas por las mismas. Asimismo, cabe aclarar que las actuaciones reflejadas en el expediente del llamado tienen el carácter de información pública, al tratarse de una convocatoria financiada con recursos estatales.

En el proceso de evaluación y selección de las propuestas se tomarán en cuenta los antecedentes de cumplimiento y relacionamiento de la organización rural que suscriben la solicitud de financiamiento, con otros proyectos o dependencias del MGAP.

Los contratos que se celebren con las organizaciones de productores e instituciones de investigación ejecutoras de los proyectos establecerán medidas para evitar apropiaciones indebidas o transferencia a terceros de los resultados obtenidos por cuenta propia y para lucro personal.

Los proyectos deberán prever mecanismos que aseguren la continuidad de la solución tecnológica desarrollada una vez culminado el vínculo contractual con la DGDR, el mecanismo establecido deberá estar de acuerdo al tipo de propuesta y solución tecnología (generación de capacidades, sesión de derechos, traspaso de maquinaria, acuerdo de suministro, etc.).

Aparte del aval correspondiente, se deberá prever al menos dos instancias (una intermedia y una final) de comunicación de los avances del proyecto a la Mesa de Desarrollo Rural de referencia del mismo.

Otros aspectos vinculados con la temática serán analizados en función de las características específicas de cada proyecto particular.

Los resultados podrán, en tanto no contravengan expresamente el Contrato firmado entrelas partes, ser divulgados.

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