Mayonesas reducidas en lípidos

Actualización del comunicado del 20 de diciembre de 2011

Para que una mayonesa pueda considerarse reducida en lípidos, la reducción debe ser mínima de 25% comparada con la regular.

En cuanto al nombre y denominación de la misma debe seguir las pautas que figuran a continuación:

Si se utiliza como nombre comercial debe decir:

Mayonesa reducida en lípidos o mayonesa reducida en valor lipídico, con caracteres de igual color, tamaño, realce y visibilidad.

No es correcto poner sólo mayonesa pues no cumple con la definición del RBN, lo cual, de acuerdo a la normativa de Rótulo General (GMC 26/03 - Uruguay Decreto 117/006) constituye un engaño al consumidor.

Denominación

Además de cumplir con el ítem anterior se debe declarar el % de reducción independientemente de que en el rótulo figure el claim correspondiente.

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