Comunicado

Registro de alimentos con edulcorantes no nutritivos

Modificación del comunicado de fecha 15 de octubre del 2020 de Registro de bebidas y jugos con edulcorantes no nutritivos.

Se autoriza el uso de edulcorantes no nutritivos solamente en alimentos modificados en su valor energético, según se indica en el Capítulo 29 del RBN, secciones 29.1.6, 29.1.7 y 29.1.8.

Se recuerda que estos alimentos serán de registro únicamente en la Intendencia que corresponda. Para la obtención de dicho registro, previamente se realizará una evaluación de los edulcorantes utilizados de acuerdo a la normativa aplicable en el Departamento de Alimentos, Cosméticos y Domisanitarios (DACD) del MSP.

El procedimiento a seguir para la evaluación por parte del DACD se encuentra detallado en el comunicado adjunto.

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