Pleno ejercicio de los derechos

“Nosotros vemos esta situación con mucha preocupación desde el punto de vista institucional, en la función que tenemos como Ministerio de Salud Pública, de ser el garante de la ley que está en ejercicio desde que fue votada a fines del año 2012”, manifestó Lustemberg en ocasión de la primera sesión del año del Consejo Nacional de Género
El ministerio, a través de una carta firmada por el ministro Jorge Basso, se comunicó con la dirección técnica del prestador de salud en el que se atiende la mujer en cuestión, exigiendo la documentación relativa al proceso asistencial brindado, en el marco de las potestades de control del ministerio. A efectos de trabajar en el tema se trabaja en conjunto con el área jurídica del ministerio y la Dirección Departamental de Salud de Soriano, con el asesoramiento del Programa de Salud Sexual y Reproductiva.
“Como Estado, ante la vigencia absoluta de la ley 18.987 de interrupción voluntaria del embarazo, tenemos la responsabilidad de asegurar el pleno ejercicio de los derechos en salud sexual y reproductiva, y como tal la asumimos” remarcó.
Por último, la subsecretaria remarcó que “hoy tenemos un manual de procedimientos que da garantías sobre cómo proceder en cada uno de los prestadores del ámbito público y privado”. Dicho manual fue adecuado en 2016 tras un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo que garantiza la protección de la objeción de conciencia, así como la atención en sedes subsidiarias por parte de médicos que no sean objetores.
Vale recordar que desde su aplicación, anualmente se ha incrementado el número de mujeres que confían en los servicios de salud y se amparan en esta ley, crecimiento que ha ido acompañado por la disminución de la mortalidad materna.