Consulta ambulatoria coordinada en consultorio
Es la consulta médica que se desarrolla en policlínicas, centros de salud, policlínicas integrales y policlínicas de los sanatorios y hospitales.
Se entiende por consulta ambulatoria coordinada la atención médica y de otros profesionales, no urgente, que se brinda mediante horas fijas de consulta programada, o a requerimiento, en el caso de médico especialista referente o consultante.
Este tipo de atención podrá ser brindada en consultorios institucionales o en consultorios propios del profesional o grupo de profesionales.
Los plazos máximos de espera en esta modalidad de atención son los establecidos en el Decreto N° 359/007:
- 24 horas para las consultas de Medicina General, Pediatría y Ginecotocología.
- 48 horas para las consultas de Cirugía General.
- Un mes para el resto de las especialidades médicas y quirúrgicas.