Investigación en seres humanos
La autoridad sanitaria nacional, dentro de su rectoría, establece la obligación y el control del cumplimiento de las regulaciones nacionales y los estándares y normas éticas y científicas internacionales para asegurar:
- Se promueva la dignidad, los derechos, la seguridad y el bienestar de los participantes de la investigación clínica.
- Que la información que se deriva de ella sea fidedigna y confiable.
En este sentido se encuentran vigentes las siguientes reglamentaciones:
- Decreto 189/98 el cual corresponde a la internalización del Reglamento de Buenas Prácticas de Investigación Clínica aprobado por Resolución Mercosur/GMC/Res. Nº 129/996.
- Decreto 379/008 relacionado con la investigación en seres humanos.
- Ordenanza Nº 827/016.
- Decreto Nº 158/019.
El detalle de cómo proceder ante el Ministerio de Salud Pública para la notificación o validación de los Ensayos Clínicos a realizarse en el Uruguay, se detallan a continuación en el trámite en línea Registro / Autorización de proyectos de investigación en seres humanos.