Ordenanza N° 35/024 Habilitación de las casas de Ortopedia que realicen actividades de venta y/o alquiler de productos ortésicos y/o protésicos

Las casas de Ortopedia que realicen actividades de venta y/o alquiler de productos ortésicos y/o protésicos deberán presentar para obtener la habilitación por parte del Departamento Evaluación de Tecnología lo siguiente:

Requisitos Documentales:

a) Carta dirigida al Ministro de Salud Pública solicitando la habilitación y/o renovación, dónde deberá indicar nombre y ubicación del establecimiento, horario de atención y nombres y apellidos completos de o de los propietarios.

b) Formulario de solicitud de habilitación o renovación de empresas de casas de Ortopedia, el cual se encuentra en la página web de esta Secretaría de Estado.

c) Documentación de la persona física o jurídica titular de la firma para habilitar o renovar la misma.

d) Carta de aceptación del cargo como Director Técnico y copia del título del mismo.

e) Planos de la planta física, distribución, medidas y denominación de los ambientes que componen el establecimiento, documentación que llevará timbre profesional.

f) Habilitación de Bomberos del local.

g) Certificado de control de plagas.

h) Planilla de Trabajo y Carnet de Control de Salud vigente de todo el personal, i) Organigrama.

i) Procedimiento de recepción de productos.

j) En el caso de empresas que realicen alquiler de productos, éstos deberán contar con un procedimiento de sanitización adecuado para los productos que reingresen al establecimiento.

Requisitos Edilicios:

a) Disponer de un local adecuado de libre acceso y atención al público, con comunicación directa a la calle.

b) El establecimiento no compartirá espacios con ningún local contiguo, deberá estar totalmente separado de otro rubro anexo o sección dedicada a otra actividad no contemplada en el Decreto - Ley N° 15.703 de 11 de enero de 1985.

c) Tener buena ventilación y abundante iluminación natural o artificial, así como condiciones adecuadas de higiene.

d) Si el local cuenta con desniveles, deberá poseer rampas de acceso para personas con discapacidad.

e) Pisos, cielorrasos y paredes serán de material liso, lavable y que garanticen la incombustibilidad, higiene y sellado.

f) La planta física del establecimiento deberá contar como mínimo con:

  • un área de atención al público con una superficie mínima para el desplazamiento de las personas de pie o en sillas de ruedas.
  • un depósito con superficie adecuada proporcional al material a almacenar.
  • un baño en condiciones higiénicas adecuadas.
  • en los casos que la empresa realice alquiler de productos ortésicos y protésicos deberá disponer de un área exclusiva para la sanitización de los mismos.

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