Buscador de personas en RVE

Procedimiento para el tratamiento de reclamos/consultas

A continuación se explica cómo proceder ante el reclamo o consulta de la información publicada por la aplicación de búsqueda de personas en el Registro de Vínculos con el Estado.

Información del documento

  • Versión: 1.0
  • Fecha: 13/10/2022
  • Autor: ONSC

¿Qué debo hacer si detecto diferencias en los datos publicados en la aplicación de búsqueda de personas en el Registro de Vínculos con el Estado?

La calidad y actualización de la información sobre vínculos laborales ingresada al RVE es de exclusiva responsabilidad de los organismos públicos obligados a reportarla, según lo establecido en la normativa que regula el Registro de Vínculos con el Estado (Ley N° 18.719, Artículo 13 (2010); Ley N° 19.535, Artículo 30 (2017); Ley N° 19.670, Artículo 4 (2018)). La Oficina Nacional del Servicio Civil oficia de rector técnico y custodia de este Registro.

La información que se presenta en este aplicativo tiene carácter público, como han expresado la Unidad Reguladora y de Protección de Datos Personales y la Unidad de Acceso a la Información Pública en respuesta a la consulta específica realizada desde la Oficina Nacional del Servicio Civil.

Ante la detección de posibles errores en la misma, en todos los casos la persona titular de dicha información deberá realizar el reclamo ante la unidad de Gestión Humana del Organismo contratante (sobre alcance y limitaciones de la información, ver "Nota metodológica").

Únicamente en caso de que el Organismo con el cual mantenía un vínculo laboral ya no exista, podrá remitir la consulta directamente a la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), a través de la casilla de correo mesa.servicios@onsc.gub.uy, adjuntando foto de su cédula de identidad, nota firmada y documentación que permita corroborar la situación planteada.

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