Transparencia

Nuevo reglamento de ley antilavado de activos obliga a personal de determinados servicios a inscribirse en un registro

Abogados, contadores, inmobiliarias, constructoras, casinos, vendedores de objetos de arte y proveedores de servicios societarios deben inscribirse en el registro creado por decreto reglamentario de la Ley de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. El titular de la Secretaría Antilavado, Daniel Espinosa, explicó que eso corresponde a la transparencia y el cumplimiento de estándares internacionales.
Daniel Espinosa

“Rige el decreto que reglamenta la Ley de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo que se aprobó en diciembre del año pasado”, anunció Espinosa en diálogo con la Secretaría de Comunicación Institucional.

Explicó que “a partir de esta norma, la Secretaría Antilavado creó un registro de sujetos obligados, es decir, que hay determinadas profesiones que deberán inscribirse”. Detalló que estarán incluidos abogados, contadores, inmobiliarias, constructoras, casinos, vendedores  de objetos de arte y proveedores de servicios societarios.

Puntualizó: “El trámite es muy sencillo, se realiza a través del Portal del Estado Uruguayo, y las instrucciones están disponibles en la web de la dependencia”. Agregó que se estableció un plazo de 90 días a partir del 20 de noviembre para inscribirse en el registro, evitar multas y lograr una mejor supervisión.

También manifestó que “hay profesiones como escribanos, usuarios de zonas francas y rematadores que no deberán inscribirse, porque la dependencia estatal realizó acuerdos con los registros respectivos y los datos se tomarán de allí. Las  asociaciones civiles, fundaciones y sociedades sin fines de lucro tampoco deberán inscribirse, porque hay un censo que desarrolla el Ministerio de Educación y Cultura, en el que están obligados a actualizar sus datos”.

“Esta medida se toma para reforzar la supervisión en cumplimiento de las normas de prevención del lavado de activos, sobre todo apunta al sector no financiero, que es el que supervisa la Secretaría Antilavado”, dijo. Además señaló que la actividad financiera es controlada por el Banco Central, que "en breve emitirá una nueva normativa adecuando la reglamentación a la nueva ley".

Enfatizó: “Esta medida es importante, porque estamos en vísperas de una nueva evaluación internacional en materia de cumplimiento”. “Uruguay adoptó una política hacia la transparencia y el cumplimiento pleno de los estándares internacionales con reforzamiento y controles que en el pasado no funcionaban adecuadamente”.

Fuente: www.presidencia.gub.uy 

 

Versión Audiovisual: https://www.presidencia.gub.uy/sala-de-medios/videos/nuevo-reglamento-ley-antilavado-obliga-inscribir-en-registro-varias-actividades-profesionales

 

 

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