Documentos de utilidad para Asistentes Personales

Modelos de contratos laborales, suplencias, derechos y obligaciones.

Niña con su asistente personal. Ambas se encuentran de espaldas mirando un caballo.
 

 

Asistentes Personales. Derechos y obligaciones.

 Derechos

  • Prestar su servicio dentro del marco de las tareas propias de asistente personal.
  • Ser informados antes del inicio del servicio de sus derechos y obligaciones y de las características y normativas del mismo así como de las eventuales modificaciones que puedan producirse.
  • Rescindir el vínculo con quien usa el servicio.
  • Solicitar la baja del Registro de Aspirantes a ofrecer servicios de asistentes personales.
  • Recibir un trato correcto y formal por parte de quienes reciben el servicio y su entorno.
  • Desarrollar su actividad sin discriminación por razón de sexo, edad, raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  • Presentar quejas, denuncias y reclamaciones ante la autoridad competente.

Obligaciones

  • Desempeñar el servicio diligentemente.
  • Mantener un trato correcto, respetuoso y cordial con las personas a las que presta el servicio.
  • Poner en conocimiento de la Secretaría de Cuidados cualquier irregularidad que detecte en el servicio.
  • Colaborar con la supervisión que realice el Sistema de Cuidados.
  • Participar de las instancias de capacitación a las que se les convoque. En caso de que el usuario/a no lo permita, se deberá dejar constancia escrita de la negativa.

 

Quedan excluidas de las obligaciones de los/as asistentes personales derivadas del presente reglamento la atención a otros miembros de la familia y allegados, así como la realización de tareas domésticas y tareas de carácter sanitario rehabilitador y todas aquellas que impliquen una especialización profesional con la que no cuente.
 

Personas usuarias. Derechos y obligaciones.

Derechos

  • Recibir el servicio sin discriminación por razón de sexo, raza, edad, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  • El ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales, con pleno respeto de su personalidad, dignidad humana e intimidad.
  • Ser informados en términos comprensibles y accesibles de la valoración de su situación de dependencia y de sus derechos y obligaciones y de las características y normativa del servicio.
  • La intimidad y confidencialidad de los datos conocidos, de manera que cualquier información obtenida se mantiene bajo secreto profesional.
  • Recibir un trato correcto y respetuoso por parte de los trabajadores que intervienen en los servicios.
  • Recibir adecuadamente los servicios con el contenido, continuidad y la duración que se establece.
  • Ser informados de las modificaciones que pudieran producirse durante los servicios.
  • Solicitar la suspensión del servicio.
  • Presentar quejas, denuncias y reclamaciones ante la autoridad competente;
  • Ser orientados a recursos o tratamientos alternativos que, en su caso, resulten necesarios.

Obligaciones

  • Suministrar toda la información requerida por las instituciones competentes para la valoración de su grado de dependencia y para la determinación del subsidio.
  • Mantener un trato correcto y cordial con las personas que prestan los servicios, respetando su competencia técnica.
  • Informar de cualquier cambio que se produzca en su situación personal, familiar y social, que pudiera dar lugar a modificaciones en el servicio o el subsidio.
  • Comunicar con tiempo y modo prudente  que no desea continuar recibiendo el servicio.
  • Reclamar las prestaciones que sean inherentes a la calidad de la tarea del Asistente Personal.
  • Poner en conocimiento de la Secretaría de Cuidados cualquier irregularidad en el servicio.
  • Aplicar el subsidio a la finalidad para la que fue otorgado.
  • Garantizar un ambiente libre de violencia.
  • Facilitar las acciones de supervisión y evaluación del servicio así como la capacitación permanente de los/as asistentes personales.

 

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