Excepciones para la contratación de asistentes personales

La nueva resolución (1585/2017) establece que las personas registradas como beneficiarias de la prestación con fecha anterior al 31 de diciembre de 2017 que nunca tuvieron asistente personal podrán, de forma excepcional y hasta el 31 de marzo de este año, contratar a personas que no estén en la lista de habilitadas (definitivas o provisorias).
Asimismo, el documento aprobado por la ministra establece que aquellas personas que ya tuvieron asistente personal en algún momento pero que hasta el 31 de enero de 2018 no contrataron a una nueva persona para desempeñar esta función, podrán, también de formar excepcional, contratar a alguien que no esté en la lista de habilitadas (definitivas o provisorias) hasta el fin de marzo del corriente.
Quienes obtengan el beneficio de la prestación a partir del 1 de enero de 2018 deberán elegir asistente personal según lo establecido en la resolución 1307/2017.
Las personas contratadas como asistente personal por las vías de excepción aprobadas en esta resolución deben llamar al 0800 1811 o *1811 (desde celulares Antel) para postularse a la formación en atención a la dependencia. A partir de noviembre de 2018 este curso de 152 horas será requisito indispensable para desempeñarse en esta tarea.