Preguntas frecuentes para compradores

¿Qué debe contener el plan anual?

Todos los bienes, servicios y obras que la entidad prevé comprar por procedimientos competitivos en el año abarcado por la planificación.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 5 del Decreto N° 339/021, los planes anuales de contratación contendrán la siguiente información:

   a) Identificación de la administración que planifica.

   b) Procedimiento de compra a utilizar.

   c) Descripción y alcance del objeto a contratar.

   d) Fecha estimada para la publicación del llamado.

   e) Cantidad o monto estimado de la contratación.

   f) Zona de entrega.

   g) Fecha estimada de disponibilidad del bien o servicio.

Asimismo se debe tener en cuenta que la descripción del objeto a que refiere el literal c) se realizará a través del catálogo único de bienes y servicios de la Agencia Reguladora de Compras Estatales y la fecha estimada para la publicación del llamado a que refiere el literal d), podrá ser fijada en un rango temporal que no supere los 90 días corridos.

Las entidades estatales que a la fecha de su aprobación no utilicen el catálogo único de bienes y servicios de  ARCE, podrán utilizar sus propios catálogos hasta tanto se verifique la efectiva incorporación a aquel. En este caso no será posible la utilización del sistema informático de Plan Anual de Compras administrado por ARCE.

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