Preguntas frecuentes para compradores

¿Cómo se contabiliza el plazo para las modificaciones en el plan anual de contrataciones?

Según lo dispuesto en el art. 21 de la Ley de Presupuesto Nº 20.446, las modificaciones al PAC deben realizarse con un plazo de antelación mayor a 30 días corridos, los cuales se contarán desde la fecha de la aprobación en el sistema de la modificación, hasta la fecha de publicación del llamado.

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