Preguntas frecuentes para compradores

¿Qué modificaciones puedo hacer en el plan anual?

Podrá modificarse en cualquier momento toda la información ingresada en el plan anual, debiendo tenerse presente las penalizaciones establecidas por la normativa vigente en relación a la extensión de los plazos de publicación.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N° 339/021 se consideran modificaciones al PAC toda alteración en la descripción y alcance del objeto a contratar (literal c) del artículo 5 del Decreto) y en la fecha estimada para la publicación del llamado (literal d) del artículo 5 del Decreto).

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