Resoluciones Directorio JUTEP

Acta N° 1074/2025

Reuniones de Directorio

La presente versión pública del acta original ha sido elaborada a efectos de su publicación en el marco de las obligaciones de transparencia activa. La versión pública del acta, junto con las resoluciones que la integran, se encuentra disponible en los archivos adjuntos en formato PDF. En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 18.331, en la presente publicación del Acta N° 1074, de fecha 13 de febrero de 2025, se han suprimido los datos personales protegidos por dicha norma.

Acta Número: 1074

Lugar y fecha: Montevideo, 13 de febrero2025

Fuera de orden:

Presupuesto por suministro y colocación de bandas verticales en despacho de vocal y vicepresidente de la JUTEP.

Se resuelve: aprobar presupuesto, pase a Administración y Finanzas.

Presupuesto por renovación anual de suscripción del Diario El Observador.

Se resuelve: aprobar la renovación de la suscripción anual; pase a Administración y Finanzas a sus efectos.

Renovación de la habilitación de bomberos.

Se resuelve: se firma y aprueba; pase a Administración y Finanzas a sus efectos.

Asuntos administrativos:

Solicitud de licencia reglamentaria de la presidente y el vicepresidente del Directorio

Se resuelve: apruébese la licencia reglamentaria de la Presidente Dra. Gabriela di Longo desde el 24 al 28/02/2025 hasta el inclusive y del Vicepresidente Cr. Guillermo Ortiz desde el 24/02 al 11/03/2025 inclusive; notifíquese a Administración y Finanzas a sus efectos.

Asuntos informados: 

  1. Expediente 2021-34-1-0000118- Denuncia presentada por presuntos hechos de corrupción en el Banco de Previsión Social en relación a las afiliaciones mutuales del FONASA.

Se resuelve por mayoría: pase a Asesoría Letrada en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución N°118 bis de fecha 6 de agosto del 2024 de la cual no solo surge el criterio legal adoptado por la mayoría del Directorio en relación a la interpretación del art. 14 del Decreto 354/99, sino también el planteo del tema de la retroactividad. Cabe agregar, con el fin de remarcar el criterio tornado por la mayoría del Directorio en dicha oportunidad, que ni en la orbita administrativa ni en la jurisdiccional el archivo de un expediente implica que el mismo no puede posteriormente desarchivarse, máxime cuando el fundamento del archivo no fue que la JUTEP no pudiera ingresar nunca a su examen, sino el criterio ilegítimo de que la JUTEP no podía hacerlo mientras estuviera en la órbita de fiscalía. Es obligación de la Administración el emitir pronunciamiento y en su caso dar por concluido el mismo o continuar el procedimiento si es una cuestión que compromete el interés general (art. 85 y 88 del Decreto 500/991). En el caso no existió pronunciamiento de conclusión del procedimiento, tal como sucede en otros expedientes en que luego de su estudio se decide dar por concluido y se procede a su archivo, sino que se procedió a su archivo por estar en la órbita de Fiscalía, criterio que luego fuera modificado en base a los fundamentos expuestos en la resolución de la mayoría del Directorio referida.

  1. Expediente 2022-34-1-0000045- Denuncia presentada contra quien ejerciera funciones al frente de la Secretaria de Deportes de la Intendencia de Montevideo el Sr. Marcelo Signorelli.

Se resuelve por mayoría: pase a Asesoría Letrada en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución N°118 bis de fecha 6 de agosto del 2024 de la cual no solo surge el criterio legal adoptado por la mayoría del Directorio en relación a la interpretación del art. 14 del Decreto 354/99, sino también el planteo del tema de la retroactividad. Cabe agregar, con el fin de remarcar el criterio tornado por la mayoría del Directorio en dicha oportunidad, que ni en la órbita administrativa ni en la jurisdiccional el archivo de un expediente implica que el mismo no puede posteriormente desarchivarse, máxime cuando el fundamento del archivo no fue que la JUTEP no pudiera ingresar nunca a su examen, sino el criterio ilegítimo de que la JUTEP no podía hacerlo mientras estuviera en la órbita de fiscalía. Es obligación de la Administración el emitir pronunciamiento y en su caso dar por concluido el mismo o continuar el procedimiento si es una cuestión que compromete el interés general (art. 85 y 88 del Decreto 500/991). En el caso no existió pronunciamiento de conclusión del procedimiento, tal como sucede en otros expedientes en que luego de su estudio se decide dar por concluido y se procede a su archivo, sino que se procedió a su archivo por estar en la órbita de Fiscalía, criterio que luego fuera modificado en base a los fundamentos expuestos en la resolución de la mayoría del Directorio referida.

  1. Expediente 2025-34-1-0000018- UNODC-UNCAC: preparativos de la 16a reunión del grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta sobre prevención de la corrupción a realizarse en Viena del 17-20 de junio.

Se resuelve: darse por enterado; vuelva a Asesoría a sus efectos.

  1. Expediente 2022-34-1-0000015- Denuncia nominada contra Intendencia de Montevideo 

Se resuelve: archívese las presentes actuaciones por no haberse configurado incompatibilidad en la actuación de los funcionarios intervinientes por parte de la Intendencia de Montevideo; notifíquese a la denunciante y a la Intendencia de Montevideo; cumplido, archívese. (Resolución 10/2025)

  1. Expediente 2024-34-1-0000088- UNODC- Conferencia: salvaguardar el deporte en las Américas y el Caribe: centrarse en la protección del futbol frente a la corrupción, otros delitos y actos ilícitos conexos.

Se resuelve: Se toma conocimiento, archívese.

  1. Expediente 2022-34-1-0000024- Denuncia anónima contra funcionario del centro logístico del Instituto Nacional de Rehabilitación por presuntas conductas indebidas por uso inapropiado de bienes 

Se resuelve: reitérese oficio al Ministro del Interior; pase a Asesoría Letrada a sus efectos.

  1. Expediente 2022-34-1-0000029- Denuncia contra el jefe renunciante del estado mayor de defensa, General Gustavo Fajardo.

Se resuelve: reitérese oficio al Ministro de Defensa Nacional; pase a Asesoría Letrada a sus efectos.

  1. Expediente 2024-34-1-0000323- Antecedentes para la declaración de omisos de los Senadores Camy y Botana por incumplimiento de la entrega de declaraciones juradas complementarias.

Se resuelve: habiendo dado cumplimento, archívese.

  1. Expediente 2024-34-1-0000346- Declaraciones juradas complementarias que no fueron entregadas en plazo (protocolo complementarias).

Se resuelve: declarar omiso al Senador Amin Niffouri por el incumplimiento de presentar la información complementaria requerida por la JUTEP; incorporar a la declaración de omiso del Senador Sartori por incumplimiento en la presentación de la declaración jurada dispuesta por Resoluciones de Directorio N° 1058/2023 de fecha 1° de noviembre de 2023 y N° 1099/2024 de fecha 17 de abril de 2024, la declaración de omiso por incumplimiento en la presentación de la declaración jurada correspondiente al año 2024 conforme lo exige el art 12 de la Ley N° 17.060; pase a la oficina de Registro de Declaraciones Juradas a efectos de implementar las comunicaciones de estilo, quedando facultado para eliminar de la nómina, a aquellos funcionarios que hubieren dado debido cumplimiento a la obligación de presentar dicha declaración, al momento de la publicación de las mismas; cumplido, archívese. (Resolución 11/2025).

  1. Expediente 2024-34-1-0000355- Declaraciones juradas a publicar por Art.12 bis de la Ley N° 19.797.

Se resuelve: pase a la oficina de Registro de Declaraciones Juradas para actualizar información.

  1. Expediente 2022-34-1-0000099- Denuncia contra Intendencia de Durazno.

Se resuelve: ofíciese a la Intendencia de Durazno; pase a Asesoría Letrada a sus efectos.

  1. Expediente 2025-34-1-0000021- El Sr. Felipe Machado solicita apertura de sus últimas declaraciones juradas con fecha valor 13/07/2020 y 05/09/2021 respectivamente.

Se resuelve: acceder a lo solicitado conforme a lo dispuesto en el literal A, del artículo 15 de la Ley 17.060; Se procede a la apertura de la declaración jurada con la asistencia de la funcionaria Pamela Olivera de la oficina Archivo y Custodia de Declaraciones Juradas. Se labra acta de apertura, la que se agrega al anexo de la presente acta; cumplido, archívese.

  1. Expediente 2024-34-1-0000060- Situación del legislador Rodrigo Blas respecto a las declaraciones juradas presentadas ante la JUTEP en los años 2020 y 2021 en nota y documentos expuestos por directora vocal. 

Se resuelve: solicitar al Diputado Rodrigo Blas, conforme a lo establecido en los artículos 12 y 17 de la Ley N.8 17.060 de 23 de diciembre de 1998, en la redacción dada por la Ley N.8 19.797 de 24 de setiembre de 2019, se sirva aportar a esta Junta, en el plazo perentorio de 10 días hábiles, certificado expedido por Contador Público acredite los siguientes extremos: a) motive del aumento de las acciones declaradas de la firma Fincopet SA, ya que en la DDJJ correspondiente al año 2020 tienen un valor de $ 1.220.000 y en la DDJJ correspondiente al año 2021 pasan a tener un valor de $ 6.600.000, situación que no se ve reflejada en el balance presentado sobre dicha empresa. b) motive del incremento en los depósitos bancarios declarados en el año 2020 ($ 5.040.008 correspondientes a USS 96.679 y $ 976.490) y en el año 2021 ($11.536.000 correspondientes a USS 194.000y $ 3.000.000); pase a la Oficina de Registro, Custodia y Archivo de Declaraciones Juradas para su notificación; presentada la documentación solicitada o vencido el plazo sin que se diera cumplimiento la misma, pase a Directorio. (Resolución 12/2025)

Asuntos para archivo:

  1. Expediente 2021-34-1-0000184- Antecedentes para la declaración de omisos de ACCESA SA.

Se resuelve: archívese.

Las resoluciones adoptadas en la presente acta forman parte integrante de la misma.

No siendo para más, se da por concluida la sesión a la hora 14:00. Para constancia se firma por los señores directores presentes en señal de su aprobación.

Firmado por:

Presidente Dra. Gabriela di Longo

Vicepresidente Cr. Guillermo Ortiz

Vocal Dra. Ana María Ferraris

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