Gestión de Declaraciones Juradas
El Área de Declaraciones Juradas gestiona, registra, administra y custodia las declaraciones juradas de bienes e ingresos de los funcionarios comprendidos en los artículos 10 y 11 de la Ley No. 17060.
Objetivos
- Brindar información para la presentación de las declaraciones juradas electrónicas
La Declaración Jurada de Bienes e Ingresos, establecida por Ley N.° 17060 de 23 de diciembre de 1998, constituye un mecanismo de importancia relevante dentro de los instrumentos con los que cuenta el país para luchar contra el fraude y la corrupción administrativa.
Aquellos funcionarios que no cumplan con esta obligación serán declarados omisos por la JUTEP (art. 16), y pasarán a integrar la nómina de funcionarios omisos, la cual es dada a conocer mediante difusión pública.
La presentación de la declaración jurada deberá realizarse exclusivamente en formato electrónico. La JUTEP está promoviendo la utilización del Sistema de Declaraciones Juradas Electrónicas por medio de capacitaciones a los funcionarios Nexos y comunicaciones a los funcionarios obligados para minimizar la presentación en formato papel con el fin de optimizar la recepción y el archivo de las declaraciones juradas.
Instructivo para la presentación de declaración jurada electrónica
Presentación de declaración jurada en formato electrónico
Designación de funcionarios nexo
¿A quién está dirigido?
- Funcionarios públicos.
