Declaraciones Juradas

Gestión de Declaraciones Juradas

El Área de Declaraciones Juradas gestiona, registra, administra y custodia las declaraciones juradas de bienes e ingresos de los funcionarios comprendidos en los artículos 10 y 11 de la Ley No. 17060.

Descripción

La Declaración Jurada de Bienes e Ingresos, establecida por Ley N.° 17060 de 23 de diciembre de 1998, constituye un mecanismo de importancia relevante dentro de los instrumentos con los que cuenta el país para luchar contra el fraude y la corrupción administrativa.

Aquellos funcionarios que no cumplan con esta obligación serán declarados omisos por la JUTEP (art. 16), y pasarán a integrar la nómina de funcionarios omisos, la cual es dada a conocer mediante difusión pública.

La presentación de la declaración jurada deberá realizarse en formato físico o en formato electrónico. La JUTEP está promoviendo la utilización del Sistema de Declaraciones Juradas Electrónicas por medio de capacitaciones a los funcionarios Nexos y comunicaciones a los funcionarios obligados para minimizar la presentación en formato papel con el fin de optimizar la recepción y el archivo de las declaraciones juradas.

Presentación de declaración jurada en formato físico

Presentación de declaración jurada en formato electrónico

Designación de funcionarios nexo

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