Nexos-Preguntas frecuentes
¿Dónde se encuentra reglamentado el rol del nexo?
El rol del nexo se encuentra previsto en el artículo 19 de la Ley Nº 17.060 y en el artículo 38 del Decreto Nº 354/999.
Dichas normas obligan al Poder Ejecutivo y a los titulares de los distintos organismos a comunicar a la JUTEP los nombres de todas las personas que, por su cargo o función, se encuentran comprendidas en la obligación de presentar declaración jurada.
¿Cuántos nexos puede tener un organismo?
La cantidad de nexos será determinada por cada organismo, de acuerdo con sus necesidades operativas.
¿Cómo se designa un nexo?
El organismo deberá comunicar a la JUTEP, mediante nota (que puede ser enviada por correo electrónico), quién será designado como nuevo nexo.
Una vez recibida la comunicación, la JUTEP procederá a dar el alta en el Sistema de Nexos y a otorgar una contraseña de acceso.
Desde ese momento, la persona designada podrá comenzar a cumplir con el rol de nexo.
La nota de designación deberá contener:
- Datos personales del funcionario a designar (nombre completo y cédula de identidad).
- Teléfono de la oficina.
- Correo electrónico institucional o personal (dato fundamental, ya que por esta vía se envía la clave de acceso al sistema).
- Firma de un jerarca del organismo.
¿Cómo se da de baja a un nexo?
La baja se solicita mediante nota o correo electrónico, en el que se indiquen los datos del funcionario que se desea dar de baja.
La solicitud deberá estar firmada por un jerarca del organismo.
¿Se puede solicitar capacitación sobre el rol del nexo y el uso del sistema?
Sí. Una vez designado, el nexo puede comunicarse con la Oficina de Declaraciones Juradas y solicitar una capacitación.
La misma aborda el rol del responsable, el funcionamiento del sistema y tiene una duración aproximada de 30 minutos.
Asimismo, se proporciona material de apoyo y la normativa aplicable, la cual también se encuentra disponible en la página web de la JUTEP, junto con manuales y un video explicativo sobre cómo realizar altas y bajas en el sistema.
¿Cómo se realizan las altas y bajas de los funcionarios obligados?
Las altas y bajas se gestionan exclusivamente a través del Sistema de Nexos (ver video tutorial disponible en YouTube).
¿Qué funciones cumple el nexo?
El nexo es responsable de mantener actualizada la nómina de funcionarios obligados.
Esto incluye registrar:
- Ingresos a cargos o funciones obligadas.
- Ceses.
- Cambios de cargo o función.
- Modificaciones en los datos personales del funcionario (domicilio, teléfono, etc.).
¿Qué debe hacerse cuando se recibe un listado de incumplimientos?
Otra función del nexo es la notificación de incumplimientos.
La JUTEP realiza controles periódicos y, como resultado, envía al nexo un listado de funcionarios que se encuentran incumpliendo con la presentación de la declaración jurada.
El nexo debe:
- Verificar que la información contenida en el listado sea correcta.
- Notificar al funcionario correspondiente.
A partir de la notificación, el funcionario cuenta con un plazo legal de 15 días corridos para presentar la declaración jurada.
Es importante verificar el listado, ya que puede ocurrir que figure un funcionario que ya haya cesado o se encuentre jubilado y cuyo cese no haya sido registrado en el sistema, generando una obligación que no corresponde.
Una vez vencido el plazo legal, la JUTEP realiza una depuración del listado y se inicia un expediente, el cual es elevado al Directorio de la JUTEP para su aprobación mediante Resolución.
Los funcionarios que continúan sin cumplir pasan a la categoría de OMISOS.
Plazos a tener en cuenta
- Cuando un funcionario ingresa a un cargo o función obligada, debe cumplir 60 días ininterrumpidos en el cargo para que se configure la obligación de presentar declaración jurada.
- Transcurridos esos 60 días, el funcionario cuenta con 30 días corridos para presentar la declaración jurada, en formato papel o electrónico.
- Para que el funcionario pueda presentar su declaración jurada, el nexo debe darle el alta en el Sistema de Nexos antes de que se cumplan los 60 días en el cargo.
- Si el funcionario cesa antes de cumplir los 60 días, se debe registrar el cese en el sistema y no quedará obligado a presentar declaración jurada.
- Si el funcionario cesa en un cargo obligado y asume otro cargo o función también obligada, y no transcurren más de 30 días entre el cese y el alta, se mantiene la fecha de presentación y no deberá presentar declaración por cese ni por el nuevo cargo.
- Si el plazo entre el cese y el nuevo cargo es mayor a 30 días, el funcionario deberá presentar ambas declaraciones (por cese y por alta).
