Denuncias

Gestión de denuncias y consultas de la ciudadanía

La JUTEP se ha trazado entre sus objetivos incrementar el relacionamiento con la ciudadanía mejorando las líneas de comunicación a través de la implementación de un sistema de denuncias basado en la creación de un portal específico y de una red de contactos con los principales organismos involucrados.

 ¿Quiénes pueden realizar una denuncia?

  • Persona física: la denuncia proviene de un ciudadano.
  • Persona jurídica: el denunciante actúa en representación de una institución, organización o empresa.
  • Organismo público: el denunciante actúa en representación de un organismo público.

Información Útil

La JUTEP agradece su disposición a efectuar una denuncia ya que es una de las principales formas que tenemos de tomar conocimiento de irregularidades y poder actuar.

Nuestra zona específica de actuación en materia de denuncias es la de las acciones u omisiones de los funcionarios públicos (A) que constituyen violaciones a los principios, deberes y prohibiciones establecidos por la normativa vigente.

Sin embargo, debe tener en cuenta que no podemos asumir competencia si se trata de delitos (B) ya que en ese caso la denuncia debe ser presentada ante el órgano judicial competente o ante el Ministerio Público (Fiscalía). Si la JUTEP recibe una denuncia referida a un delito, debe derivarla de inmediato a la Fiscalía y sólo podrá intervenir si se le solicita su asesoramiento.

Hay, además, otras conductas que, si bien son castigables, exceden las competencias específicas de la JUTEP por no estar relacionadas con hechos propios de corrupción. Entre ellas pueden mencionarse: - Denuncias por abuso o acoso sexual - Denuncias por discriminación - Denuncias por abuso de autoridad o acoso laboral por parte de un jefe o colega.

Procedimiento actual de denuncias y consultas de la ciudadanía

Las consultas y/o denuncias que se reciben, sea cual sea el medio por el cual se presenten (portal de denuncias, documentación impresa, vía correo al email secretariatecnica@jutep.gub.uy), son procesadas y analizadas.  De no ser tema de competencia de la JUTEP, se deriva al denunciante al organismo que corresponda. En todos los casos se preserva la identidad de la persona que realiza la consulta o denuncia.

Los temas objeto de denuncias son los contenidos en la normativa que se detalla.

Normativa:

Ley Nº. 17060/98 

Ley Nº.19340/15 

Ley Nº. 19823/19

Decreto Nº. 30/03 

Portal de denuncias

Si bien Uruguay aparece colocado en una muy buena posición en materia de indicadores de corrupción a nivel internacional, y particularmente como el país latinoamericano mejor ubicado en el índice de percepción de la corrupción elaborado por Transparencia Internacional, las autoridades y también la ciudadanía reconocen que, sin desconocer las fortalezas existentes, es necesario desarrollar un trabajo serio para detectar y superar las debilidades existentes, en el marco de un adecuado análisis de riesgo.

A efectos de contribuir a resolver dicha problemática, la JUTEP trabajó en forma conjunta con AGESIC, y con el apoyo financiero de la organización EUROsociAL, en el diseño e implementación de un sistema confiable para canalizar las denuncias de la ciudadanía, desarrollando un portal web de recepción en el ámbito de la JUTEP. 

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