Autocertificación

La Asesoría de Política Comercial participó en una capacitación de la UEU sobre la autocertificación de origen

El 15 de abril de 2026, la Sede de la Unión de Exportadores del Uruguay (UEU) fue el escenario del taller práctico titulado “Autocertificación de origen en los acuerdos comerciales: ¿qué debemos saber?”. El evento, dirigido a ejecutivos y técnicos del área de comercio exterior, buscó preparar a las empresas para la transición hacia este nuevo modelo de facilitación comercial.
Diego Fernández, de la Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas

El taller contó con las exposiciones de Diego Fernández, de la Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), y Jimena Carminati, Coordinadora de Origen de la UEU. 

Durante la jornada, se destacó que la autocertificación se está consolidando en los nuevos acuerdos comerciales como una alternativa eficiente al certificado de origen tradicional, permitiendo a las empresas reducir costos operativos y simplificar trámites burocráticos.

Uno de los puntos clave tratados fue el cronograma de implementación para Uruguay. Según se informó, la autocertificación estará disponible para el Acuerdo Comercial Interino entre el MERCOSUR y la Unión Europea (ITA) a partir del 1 de mayo de 2026. Asimismo, en el ámbito del ACE 18, su aplicación comenzará el 1 de octubre de 2026.

Diego Fernández explicó que la autocertificación consiste en una “Declaración de Origen” realizada generalmente por el exportador en la factura comercial u otros documentos comerciales. En el caso específico del ITA, se detalló que el número de referencia del exportador a utilizar será el RUT y que la declaración debe ser firmada por el exportador, indicando claramente que el origen de los productos debe ser MERCOSUR.

Cumplimiento y desafíos A pesar de las ventajas en agilidad, los expertos enfatizaron que esta herramienta requiere un estricto aseguramiento del cumplimiento de las condiciones exigidas por cada acuerdo. Se recordó a los asistentes que declarar un producto como originario, ya sea mediante autocertificación o por entidad habilitada, está sujeto a la normativa de origen específica de cada tratado y a posibles sanciones administrativas en caso de incumplimiento.

Para aquellos que deseen profundizar en el tema, se anunció que estarán disponibles recursos adicionales como guías y videos explicativos en la web de la Asesoría de Política Comercial (APC).

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