Comunicación a la Asamblea General para ampliar el tope legal de endeudamiento neto del Gobierno Central

La invocación de la cláusula se deriva de los sustanciales cambios en los precios relativos ocurridos en la economía uruguaya durante 2023 y 2024. Los mismos, determinaron una fuerte merma en los ingresos tributarios con el consiguiente aumento del endeudamiento neto, aun cuando el gasto nominal se mantuvo en línea con lo previsto en el marco de la regla fiscal que implementó esta administración en 2020. Dicha cláusula fue invocada, anteriormente, en 2021 y en 2023, por razones de emergencia sanitaria y climática, respectivamente.
La decisión de activar la cláusula de salvaguarda fue comunicada al Consejo Fiscal Asesor en reunión el 13 de diciembre pasado en la cual se brindó información detallada sobre las razones para hacerlo, la que se pone a disposición del público en general.
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La Ley N° 19.924 incorporó un nuevo marco normativo de autorización del endeudamiento público nacional, a los efectos de lo dispuesto por el numeral 6º del artículo 85 de la Constitución de la República.
El artículo 699 de la citada ley, establece lo siguiente: “En caso de que medien situaciones de grave desaceleración económica, sustanciales cambios en precios relativos, situaciones de emergencia o desastres de escala nacional, el máximo anual referido en el artículo 696, podrá ser aumentado en hasta un 30% (treinta por ciento), dando cuenta a la Asamblea General del Poder Legislativo y sin que ello altere el tope fijado para el ejercicio siguiente. Las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas, en representación del Gobierno Central, deberán comparecer ante la Asamblea General en un plazo no mayor a treinta días corridos luego de invocada la cláusula de salvaguarda, a efectos de informar las razones para activar la presente cláusula.” [i]
Por otra parte, el artículo 587 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023(Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal. Ejercicio 2022), autorizó al Gobierno Central a contraer un monto máximo de endeudamiento neto para el ejercicio 2024 equivalente a US$ 2.300:000.000 (dos mil trescientos millones de dólares de los Estados Unidos de América).
En los últimos años, la caída de los precios internacionales de las materias primas y la fuerte distorsión de precios respecto a Argentina determinaron un sustancial cambio de precios relativos en la economía uruguaya, particularmente entre precios transables y no transables y entre precios minoristas y deflactor del PIB. Este cambio derivó en una reducción de los índices inflacionarios en el país, mayor a la ya prevista en el proyecto de Rendición de Cuentas de 2022, presentada por el Poder Ejecutivo al Parlamento en junio de 2023.
Si bien la reducción de los guarismos inflacionarios contribuyó al crecimiento económico e incrementó el poder adquisitivo de los hogares, también determinó una merma en los ingresos tributarios nominales del Gobierno Central en 2024, respecto a lo previsto en el proyecto de Rendición de Cuentas de 2022, cuando se fijaron los créditos presupuestales y el tope de endeudamiento neto del Gobierno Central para el corriente año.
Según estimaciones recientes de MEF, dicha resignación de ingresos se sitúa en 0.7% del PIB, equivalente a US$ 600.000.000.
Como consecuencia de ello, la última medición de MEF respecto al endeudamiento neto acumulado a noviembre de 2024 está levemente por debajo del tope de US$ 2.300.000.000. Al cierre de 2024 se espera, sin embargo, una cifra de endeudamiento neto superior a dicho tope. Este resultado se daría aun cuando el gasto nominal se ha mantenido en línea con lo previsto en el marco de la regla fiscal que implementó esta administración en 2020, lo que se incluye en la presentación adjunta.
La posibilidad de que el endeudamiento neto del Gobierno Central fuese mayor al tope legal propuesto por el Poder Ejecutivo al Parlamento en junio de 2023, fue advertida por MEF en junio pasado, en ocasión de la presentación del proyecto de ley de la Rendición de Cuentas 2023. En la sección 10.3.1. de la Exposición de Motivos, se expresaba que “considerando que la recaudación neta de la DGI viene evolucionando por debajo de lo previsto en los primeros cinco meses del año, ello constituye una fuente de desvío potencial por el lado de los ingresos fiscales, respecto a la programación actual”. En la misma línea, en dicho proyecto de ley y en la comparecencia posterior ante el Parlamento, se informó que los primeros dos pilares de la regla fiscal no se alcanzarían por las razones expuestas anteriormente.
La facultad dispuesta en el artículo 699 mencionado anteriormente, permite la ampliación del tope legal de endeudamiento neto para 2024 hasta el equivalente a US$ 2.990:000.000 (dos mil novecientos noventa millones de dólares de los Estados Unidos de América).
Esta medida no altera, en modo alguno, la sostenibilidad de las finanzas públicas para los próximos años, tal como fuera presentado por la presente administración en la Rendición de Cuentas 2023, bajo los supuestos de crecimiento económico en línea con su nivel potencial, su correlato en los ingresos fiscales, en la misma magnitud, y que, asimismo, el gasto público primario real continúe creciendo moderadamente, tal como promediara en la presente administración.
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