Consulta Pública relativa a la lista negativa de productos para Freeshop

Corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) llamar a Consulta Pública sobre la adecuación del listado de bienes cuya comercialización a través de la Tiendas Libres de Impuestos de Frontera (Régimen de Freeshop) quedará prohibida a partir del 1 de enero de 2022.
No se podrán comercializar los productos listados (ver lista negativa en los adjuntos más abajo)
Las observaciones se reciben a través del correo electrónico consultaFreeshop@mef.gub.uy
Información adicional
Resolución GMC 64/19
Decreto 10/021
Resolución MEF
Resumen de modificaciones (pasaje listado positivo a negativo)
Preguntas Frecuentes
¿Quiénes pueden participar en la consulta pública?
Cualquier comerciante a título personal o en representación de cámaras empresariales, organismos del Estado, la sociedad civil organizada, la academia, el sector privado y otros.
Para realizar aportes y/o comentarios, se debe indicar RUT, Cédula de Identidad o documento válido en el territorio nacional.
¿Qué tipo de aportes y/o comentarios se pueden realizar?
Es posible realizar cualquier tipo de aportes y/o comentarios, siempre y cuando no sean inadecuados en virtud de su lenguaje o los contenidos que involucren.
Los aportes y/o comentarios tienen como objetivo: validar, detallar o agregar productos a la lista sometida a consulta.
¿Cuál es el plazo para participar en la consulta pública?
La consulta pública estará abierta a la recepción durante el plazo de 60 días corridos.
Descargas
- Lista negativa (.xlsx 244 KB)
- Decreto 10/021 (.pdf 344 KB)
- Norma Mercosur - Resolución (.pdf 593 KB)
- Norma Mercosur - Anexo (.pdf 6 KB)
- Resumen de modificaciones (pasaje listado positivo a negativo) (.pdf 13 KB)