Cobro de remuneraciones

Cronograma de incorporación de los trabajadores del servicio doméstico al cobro con medios electrónicos

Se definió el cronograma de incorporación de los trabajadores del servicio doméstico al cobro del salario con medios electrónicos, al tiempo que se postergó hasta el 30 de junio de 2018 la excepción vigente para trabajadores que se desempeñen en el área rural y en localidades de hasta 2.000 habitantes. El Decreto Nº 352/017 estableció un cronograma de incorporación gradual de los trabajadores del servicio doméstico al cobro a través de medios electrónicos. Concretamente, a partir del 1º de abril de 2018 deberán comenzar a cobrar con medios electrónicos (ya sea mediante acreditación en cuenta o en instrumento de dinero electrónico elegido por el trabajador) aquellos trabajadores registrados ante el Banco de Previsión Social como mensuales. En el caso de los trabajadores inscriptos como jornaleros, el pago electrónico regirá a partir del 1º de enero de 2019.
Pago con tarjeta

Quedan exceptuados de estas disposiciones los casos en los que el empleador sea, al 31 de diciembre de 2017, un jubilado o pensionista, en los que la remuneración se podrá continuar abonando en efectivo.

Adicionalmente, se prorrogó hasta el 30 de junio de 2018 la excepción para el cobro a través de medios electrónicos de remuneraciones, pasividades, honorarios y beneficios sociales en el área rural y en las localidades de hasta 2.000 habitantes.

En todos los casos, los trabajadores mantienen el derecho de poder elegir en cualquier momento comenzar a cobrar sus remuneraciones a través de medios electrónicos gratuitos.

Decreto Nº 352/017 - Cronograma servicio doméstico y prórroga en pequeñas localidades

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