Certificados

Emisión y recepción de Certificados de Origen en el contexto de la emergencia sanitaria

Desde el 27 de marzo y durante el período de emergencia sanitaria nuestra Aduana acepta la presentación de copias de los CO en lugar de origianles, en tanto la mayoría de los socios comerciales han ofrecido la misma flexibilidad. Asimismo en igual fecha la Asesoría estableció un protocolo para facilitar la emisión de certificados de origen mientras perdure esta situación.
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Debido a las dificultades que las restricciones a la movilidad de personas traen tanto en materia de emisión de certificados de origen (CO) como en la recepción y con el objetivo de evitar las posibles consecuencias que ello podría implicar en el comercio exterior del país, desde el 27 de marzo y hasta la la Dirección Nacional de Aduanas aceptar a copias del CO hasta nuevo aviso y, ha solicitado a los socios comerciales reciprocidad en ello.

En lo que refiere a la recepción de CO, la Aduana emitió el Comunicado 7/2020 de fecha 27/03. Esta alternativa se habilita en los casos de los acuerdos que requieren la emisión de certificados de origen en papel, no siendo necesaria con aquellos países en que ya se implementó la certificación de origen digital (COD), este es el caso del comercio preferencial con Argentina y Brasil. Es importante señalar que los operadores deberán resguardar el original, dado que la Aduana podrá requerirlos una vez superada la situación de emergencia sanitaria.

En lo que respecta a la emisión de CO y considerando que el proceso de emisión en papel implica desplazamiento de funcionarios de empresas y de entidades habilitadas, y de manera de estar en línea con las recomendaciones oficiales en materia de cuidados ante la propagación del COVID-19, esta Asesoría establecido a partir del 26 de marzo del corriente un protocolo para la emisión de CO durante este período crítico, que estará vigente hasta nuevo aviso.

El protocolo establece la posibilidad de que se generen copias de los CO para ser presentados en las aduanas de los socios comerciales, para ampararse en los Acuerdos Comerciales respectivos, y de esa forma seguirse beneficiando de las preferencias arancelarias. A la fecha la mayoría de las contrapartes comerciales han comunicado la aceptación de las copias de los CO.

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