Nuevo calendario de emisiones de Notas de Tesorería en el mercado local

Tres de las Notas de Tesorería se licitarán por primera vez (las denominados en UYU, y una de las de UI), y en estos tres casos con plazos de vencimiento contractual menores a cinco años. Las restantes dos Notas (la de mayor plazo en UI, y la de UP), corresponden a reaperturas de Notas existentes. Debajo se presenta las características del nuevo calendario:
Fecha de Licitación | Instrumento | Moneda | ISIN | Vencimiento | Esquema de Amortización | Tipo de Emisión | Monto base licitado (mll moneda/em) |
22-07-2025 | Serie 12 | UYU | A determinar | 22-01-2028 | Al vencimiento | Nueva | 1.500 |
29-07-2025 | Serie 33 | UI | A determinar | 22-06-2030 | Al vencimiento | Nueva | 200 |
05-08-2025 | Serie 13 | UYU | A determinar | 29-06-2030 | Al vencimiento | Nueva | 1.250 |
12-08-2025 | Serie 5 | UP | UYNA00005UP8 | 01-09-2047 | Amortizable | Reapertura | 1.500 |
19-08-2025 | Serie 12 | UYU | A determinar | 22-01-2028 | Al vencimiento | Reapertura | 1.500 |
26-08-2025 | Serie 32 | UI | UYNA00032UI7 | 28-02-2036 | Amortizable | Reapertura | 100 |
09-09-2025 | Serie 12 | UYU | A determinar | 22-01-2028 | Al vencimiento | Reapertura | 1.500 |
16-09-2025 | Serie 33 | UI | A determinar | 22-06-2030 | Al vencimiento | Reapertura | 200 |
23-09-2025 | Serie 13 | UYU | A determinar | 29-06-2030 | Al vencimiento | Reapertura | 1.250 |
14-10-2025 | Serie 12 | UYU | A determinar | 22-01-2028 | Al vencimiento | Reapertura | 1.500 |
21-10-2025 | Serie 5 | UP | UYNA00005UP8 | 01-09-2047 | Amortizable | Reapertura | 1.500 |
28-10-2025 | Serie 32 | UI | UYNA00032UI7 | 28-02-2036 | Amortizable | Reapertura | 100 |
11-11-2025 | Serie 12 | UYU | A determinar | 22-01-2028 | Al vencimiento | Reapertura | 1.500 |
18-11-2025 | Serie 33 | UI | A determinar | 22-06-2030 | Al vencimiento | Reapertura | 200 |
25-11-2025 | Serie 13 | UYU | A determinar | 29-06-2030 | Al vencimiento | Reapertura | 1.250 |
09-12-2025 | Serie 12 | UYU | A determinar | 22-01-2028 | Al vencimiento | Reapertura | 1.500 |
16-12-2025 | Serie 5 | UP | UYNA00005UP8 | 01-09-2047 | Amortizable | Reapertura | 1.500 |
23-12-2025 | Serie 32 | UI | UYNA00032UI7 | 28-02-2036 | Amortizable | Reapertura | 100 |
Instrumentos a Licitar
Como se mencionó anteriormente, el calendario del segundo semestre de 2025 incluye tres Notas de Tesorería nuevas, y la reapertura de dos ya existentes. En el caso de las nuevas Notas del Tesoro en UYU (Serie 12 y 13) y la nueva Nota del Tesoro en UI (Serie 33), el capital será amortizado totalmente en un único pago al vencimiento. Por otro lado, las Notas del Tesoro que se re-abrirán durante este calendario (Series 5 en UP y Serie 32 en UI), repagan el capital en cuotas iguales, anuales y consecutivas en los últimos tres años a su vencimiento.
Los pagos de cupones de todas las Notas del Tesoro a licitar serán semestrales.
Mecanismo de licitación
Cada licitación se estructurará como una subasta de precio único, lo que significa que todas las ofertas aceptadas serán adjudicadas al mismo precio (y tasa de rendimiento correspondiente). El Gobierno podrá emitir hasta un 100% adicional del monto base ofrecido en cada licitación. Las ofertas totales por institución no podrán exceder este límite máximo. El Gobierno se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente las ofertas presentadas en cada licitación, o no adjudicar ninguna de ellas.
La recepción de órdenes cerrará a las 14:30 horas de Montevideo en el día de cada licitación. Los resultados de la subasta (precio y cantidad aceptada), serán anunciados aproximadamente una hora y media después del cierre de la licitación, tanto en el sitio web de la UGD como del BCU.
Formas de Integración
i) Efectivo (en pesos uruguayos y/o dólares estadounidenses)[1].
El Gobierno también ofrecerá la alternativa de integración con títulos (Notas del Tesoro y Letras de Regulación Monetaria del BCU), entre el siguiente conjunto de instrumentos:
ii) Notas del Tesoro con madurez residual menor o igual a 7 meses.
Los precios de recompra de las Notas del Tesoro que sean incluidas como elegibles en cada subasta, tomarán como referencia el precio publicado en el Vector de Precios, disponible al momento de realizarse la licitación (e incorporando el interés corrido hasta la fecha de integración, el día siguiente a la licitación). Una o más de las Notas elegibles en cada licitación podrán incluir un premio sobre el precio respectivo en el Vector.
iii) Letras de Regulación Monetaria del BCU, vigentes al momento de cada licitación.
Las Letras de Regulación Monetaria que sean incluidas como elegibles en cada subasta, serán valuadas aplicando la tasa publicada en el Vector de Precios disponible al momento de realizarse la licitación y la cantidad de días remanentes al día de liquidación de la Nota del Tesoro licitada. Una o más de las Letras elegibles en cada licitación podrán incluir un premio sobre el precio respectivo del Vector.
A efectos de la integración en cada licitación, las instituciones deberán indicar en el Sistema ÁGATA el monto de cada instrumento elegible con el cual desea integrar las Notas del Tesoro, en caso de que le resulten adjudicadas. Los títulos elegidos serán reservados para este fin hasta el anuncio del resultado de la licitación o la fecha de liquidación, según hayan sido adjudicados o no. Por tanto, no podrán ser vendidos ni afectarse en garantía durante el periodo mencionado.
Comunicación previa a cada Licitación
La comunicación se hará de acuerdo al siguiente cronograma:
El día viernes previo a cada licitación se publicarán en el sitio web de la UGD (deuda.mef.gub.uy), los instrumentos efectivamente incluidos como elegibles para la integración de las Notas a licitar.
El día previo a la licitación se confirmará el monto base, a ser publicado en el sitio web de la UGD. En el caso de los instrumentos que se licitan por primera vez (Serie 12 y 13 en UYU, y la Serie 33 en UI), también se anunciará el cupón de la Nota respectiva el día previo a la licitación inicial de cada uno de estos instrumentos.
El mismo día de la licitación se publicará los precios de recompra de las Notas y Letras elegibles para canje en cada licitación, en el sitio web de la Unidad de Gestión de Deuda (UGD).
El Gobierno tiene la intención de implementar el calendario de emisiones según lo programado. No obstante, los montos base, los instrumentos, fechas de emisión, instrumentos elegibles u otras características del mecanismo de licitación podrán estar sujetas a modificaciones, en función de la evolución de las condiciones del mercado durante el semestre y los objetivos de gestión de deuda pública, entre otros factores. En caso de que haya modificaciones en algunas de estas condiciones, las mismas serán informadas oportunamente.
Participación de Inversores
Todos los inversores locales autorizados por el BCU podrán presentar sus ofertas en cada licitación. Los inversores no residentes pueden invertir a través de un banco local o corredor, o mediante Global Depositary Notes (negociables en Euroclear, Clearstream y DTC). Tanto las personas físicas como jurídicas, ya sea residentes o no residentes, están exentos del pago de impuesto a la renta por sus tenencias de títulos del Gobierno uruguayo.
[1] Para hacer uso de esta opción, los inversores deberán comunicar, en el momento de realizar las propuestas, su voluntad de integrar en pesos uruguayos y/o dólares estadounidenses. Para la integración en dólares estadounidenses, el tipo de cambio de conversión será el de cierre del día hábil anterior a la integración, publicado por el BCU.
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Director de la Unidad de Gestión de Deuda Herman Kamil Descargar imagen : Director de la Unidad de Gestión de Deuda Herman Kamil