Resolución 61/2020

Nuevos establecimientos deben incorporarse al SIPC

Por Resolución de 15 de julio de 2020, más empresas estarán suministrando información en el Sistema de Información de Precios al Consumidor.
Fotos supermercado

Hasta ahora estaban obligadas a brindar información las cadenas compuestas por cuatro o más locales y que vendieran al menos el 50% de una lista de productos. Ahora se reduce a cadenas de al menos dos locales, se eliminó la condición de venta del 50% de los productos, y se agrega el grupo o conjunto económico. Se mantiene la obligación para los establecimientos que sin ser cadenas tengan tres cajas registradoras en el local.

Por otro lado, se incorporan las cadenas de tres o más locales de farmacias.

El SIPC es el sistema que permite a los consumidores comparar los precios de una lista de productos, armar su propia canasta para la comparación de precios de distintos establecimientos.

Para más información acceda a la siguiente resolución:

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