Régimen de importación

Régimen especial de importación ante la emergencia sanitaria

El Ministerio de Economía y Finanzas dispuso un régimen especial de importación de productos declarados esenciales por el Ministerio de Salud Pública, para cubrir las necesidades sanitarias generadas a partir de la declaración de emergencia sanitaria por la propagación de COVID-19.
guantes de latex, tapabocas

Mediante Resolución del MEF de fecha 24 de marzo de 2020 se estableció el alcance del Régimen de asistencia y salvamento estipulado por el artículo 145 del Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay, el cual permite la importación o exportación, con carácter definitivo o temporal, sin el pago de tributos (aramceles e impuestos), de la mercadería destinada a la ayuda a poblaciones víctimas de una situación de emergencia o catástrofe.

Esta Resolución establece en su artículo 1 el listado de los bienes que quedarán subsumidos en el régimen, a la vez que adopta procedimientos simplificados y eficientes para permitir el ingreso o egreso de determinados bienes de forma ágil e inmediata.

La lista de mercaderías incluidas en este régimen será actualizada por el Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo a las necesidades de la emergencia sanitaria (Art 5). A la fecha la lista fue ampliada mediante Resolución del MEF de fecha 14 de abril de 2020.

 

Etiquetas