Resolución trabajo remoto Zonas Francas
Se resuelve:
Flexibilizar la aplicación de las disposiciones del Régimen que obligan a las empresas amparadas en el Sistema de Zonas Francas a realizar su actividad desde territorio franco.
Autorizar en forma transitoria y excepcional a todo el personal de las Zonas Francas, a realizar su actividad laboral de forma remota, en la medida en que la naturaleza de la misma así lo permita, por el período comprendido entre el 16 y el 30 de marzo de 2020 inclusive.
Dar cuenta de los resuelto a la Dirección General de Comercio y al Ministerio de Economía
Cumplido, por el Departamento de Gestión de Documentos, notifíquese a los funcionarios del Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio, así como a los Desarrolladores de las Zonas Francas. Hecho, publíquese en la página web del Organismo.