SGP Suiza y Noruega - Sistema de Exportador Registrado

El sistema de Registro de Exportadores (sistema REX) es el nuevo sistema de certificación de origen de mercancías que la Unión Europea aplica en el Sistema Generalizado de Preferencia (SGP) desde el 1º de enero de 2017, y que es adoptado también por Noruega y Suiza. Se basa en el principio de auto-certificación de los exportadores, que sustituye el actual sistema de certificación por entidades. Para tener derecho a hacer una declaración sobre el origen, el exportador debe estar registrado en el sistema REX y tener un registro válido autorizado por la Asesoría de Política Comercial del M.E.F.
Uruguay acordó implementar el sistema REX a partir del 1º de enero de 2020. Por lo tanto quienes quieran exportar a Suiza y Noruega al amparo del SGP a paritir de esa fecha, tienen tiempo para inscribirse hasta el 31 de diciembre de 2019.
El trámite para la inscripción en el sistema REX se realiza a través de la VUCE (aquí) y consiste en los siguientes pasos:
1. Previamente a solicitar el trámite SREX deberá realizar la solicitud en el Sistema REX de Autocertificación (pre application) que se realiza directamente en el sitio de la Unión Europea. Al respecto debe tenerse en cuenta que el número TIN de registro se conforma como UY + Número completo de RUT (12 dígitos). Para verificar la inscripción se puede ingresar al siguiente link con el número TIN. Se adjunta Manual de registro.
2. Registro en VUCE. Se adjunta Manual de usuario trámite SREX. En esa oportunidad se debe llenar y firmar un formulario que contiene un compromiso de información cuyo cumplimiento es un requisito para estar habilitado en el sistema (el mismo también está disponible en VUCE). Este compromiso implica la obligación de comunicar todos los cambios en los datos de registro, así como brindar cada seis meses información sobre las operaciones autocertificadas.
3. Cada 6 meses, en cumplimiento del compromiso suscrito, deberá subir a la plataforma VUCE el registro de todos los movimientos comerciales efectuados al amparo del SGP. El incumplimiento de este compromiso o el mal uso del registro, implicará dar de baja del sistema REX al exportador.
Una vez registrado y habilitado en el SREX, el exportador que quiera hacer uso de las preferencias del SGP deberá completar una "declaración o comunicación de origen", que consiste en la inclusión en cualquier documento comercial del siguiente texto:
The exporter … (Number of Registered Exporter …) of the products covered by this document declares that, except where otherwise clearly indicated, these products are of … preferential origin according to the rules of origin of the Generalised System of Preferences of Switzerland and that the origin criterion met is ….
El documento comercial deberá contener nombre y dirección completa del exportador y del destinatario, así como descripción de los productos y fecha.
Por consultas:
E-mail: marta.bolioli@mef.gub.uy. Tel: 1712 4313.