Defensa de la Competencia

Solicitud de información a los asociados de CAMBADU

Expediente Nº 31/2020 "Mercado de distribución minorista - Medida Preparatoria"
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De acuerdo a la Resolución N.º 107/021 la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, se encuentra llevando a cabo un análisis del mercado minorista de la alimentación, con el fin de identificar posibles situaciones de desequilibrios generados por cierto nivel de concentración de la oferta.

Asimismo, el análisis comprenderá los posibles abusos de posición dominante, así como, prácticas anticompetitivas realizadas por los diferentes agentes de mercado. Ante ello, se ha dispuesto para las empresas que cumplan ciertas características, el deber de brindar 1 vez al año determinada información.

A saber:

INFORMACIÓN REQUERIDA

a) Precio promedio de venta IVA INCLUIDO en cada mes del año de los artículos a informar

b) Cantidad de unidades vendidas en cada mes de los artículos informados.
c) Ticket promedio del año IVA INCLUIDO en general y desagregado por local.
d) Ventas totales del año SIN IVA en general.
Nota: Son 385 los artículos a informar referidos en los puntos a y b 

La que deberá ser entregada a través del formulario adjunto.

En virtud de la Resolución N.º 184/021, CAMBADU podrá remitir la información relativa del año 2020, hasta el 31 de octubre de 2021, como plazo máximo. 

El aporte efectivo de la información solicitada podrá ser a través de:

- La autorización expresa, de los asociados de CAMBADU, a las empresas proveedoras de facturación la que aportará la información directamente a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia. Comunicando la decisión al correo electrónico: competencia@mef.gub.uy

- El aporte directo a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (al correo electrónico: competencia@mef.gub.uy)
    
En adelante, la información se reportará en cada mes de marzo respecto al año anterior.

EMPRESAS COMPRENDIDAS 

Aquellas que cumplan alguna o más de las siguientes condiciones:
a) Que la empresa cuente con más de 2 locales
b) Locales individuales con 3 o más cajas.
c) Locales individuales con más de 200 mts.2 en área de ventas.

Se agradece la colaboración

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