Descuentos de puntos de IVA en el ticket por Inclusión Financiera o actividades vinculadas al turismo

Preguntas Frecuentes

En Uruguay, se beneficia al consumidor que paga con medios electrónicos (tarjetas de débito o crédito, transferencias, QR, etc.), el descuento de puntos del IVA. (Ley 19.210 de 2014 y Ley 17.934 de 2005)

Esto debe figurar en el recibo de pago electrónico que emite el POS. Es responsabilidad del comerciante controlar que el POS que está utilizando esté configurado correctamente, que aplique el descuento y que sea el que corresponde de acuerdo con su giro de actividad.  Si estuviera mal configurado, debe solicitar el ajuste al proveedor del servicio de POS.  El comerciante omiso podrá ser sancionado.

Es usual la infracción por parte de servicios gastronómicos que tienen configurado su POS con la aplicación de la ley 19.210 (2 puntos de IVA), cuando corresponde la aplicación de la ley 17.934 (9 puntos de IVA), lo que perjudica al consumidor.

El descuento de 9 puntos de IVA corresponde a servicios gastronómicos en restaurantes, bares, cantinas, salones de té y en hoteles, estancias turísticas, entre otros, cuando sea facturado independientemente del hospedaje.  Esta misma reducción aplica a servicios de catering para la realización de fiestas y eventos, alquiler de autos y servicios de inmobiliaria con destino turístico.

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