Informe Nº 160-020: Asunto Nº 2/2020: Galirama S.A. - Frontoy S.A. - Concentración Económica
Informes técnicos
En virtud de lo expuesto a lo largo del presente, quien suscribe, sugiere a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia:
1. Clasificar como confidencial el pendrive que luce a fs. 145 del expediente, por contener información que se encuentra referida a las causales del art. 10 de la Ley Nº 18.381.
2. Tener por correctamente presentados los resúmenes no confidenciales referentes a la información de la que se trata el numeral anterior, así como respecto a la compraventa de acciones que luce a fs. 82 a 125. del expediente de marras.