Dirección Nacional de Catastro

Diseñar, realizar, conservar y administrar el catastro de los bienes inmuebles, atendiendo a sus características geométricas, físicas, económicas y jurídicas orientado a múltiples fines y sirviendo de instrumento para la planificación económica y social del territorio nacional.

Cometidos Sustantivos

  • Identificar y ubicar todos los inmuebles catastrales situadas del territorio nacional, en lo relacionado a sus cometidos.
  •  Disponer, definir, admitir, rechazar, calificar y registrar los actos inscribibles sobre la información catastral de las unidades inmuebles.
  •  Registrar y chequear los planos de mensura relativos a los bienes inmuebles.
  • Fijar el valor catastral de cada unidad inmueble catastral.
  • Recibir, procesar y establecer los mecanismos necesarios para la fiscalización de las declaraciones juradas de caracterización de inmuebles presentadas.
  •  Asesorar a los Organismos Públicos o personas de Derecho Público en aspectos técnicos inmobiliarios.
  • Asesorar al Poder Ejecutivo,  organismos públicos y personas de Derecho Público en forma exclusiva en la determinación de valores venales (importe que  obtendría el propietario de un bien usado en caso de compraventa), y de arrendamientos en los actos jurídicos en los que participe el Estado, salvo expropiaciones o casos exceptuados por normativa especial.
  • Normalizar, regular, confeccionar, actualizar y controlar la cartografía catastral dirigida a integrarse a la cartografía nacional así como al sistema de referencia geodéosico oficial (coordenadas sobre la superficie terrestre).
  • Definir la red de puntos fijos catastrales e instrumentar las acciones necesarias para que las parcelas tiendan a estar georreferenciadas.
  • Establecer las metodologías de cálculo avaluatorio así como los parámetros utilizados para el cálculo de los valores catastrales.
  • Hacer pública la información catastral a través de los medios y formalidades que se  reglamenten.
  • Administrar el registro de los profesionales habilitados para presentar documentación catastral ante la Dirección Nacional de Catastro.
  • Realizar mantenimiento de un Registro de Inmuebles Nacionales.
  • Administrar los inmuebles del Estado.