Respuesta a Jorge Hernández referente a importación de cinemómetros
Informes de solicitudes de acceso a la información pública
Respuesta a pedido de acceso a la información pública de Jorge Hernández, al amparo de la Ley Nº 18.381 de 17 de octubre de 2008 que a través de la misma solicita al Ministerio de Economía y Finanzas, información sobre: 1) Cómo explica que la Aduana haya llegado a la conclusión de que los cinemómetros fueron fabricados por le empresa Teslights en Uruguay, sin la verificación de acuerdo al artículo 225 de la Ley N° 19.276, Código Aduanero, y que la marca sea KUSTOM SIGNALS, según informa el LATU, pese a ser su origen Estados Unidos, de acuerdo a la verificación y no estén autorizados al uso de la misma, por los Directores de la misma y sin estar registrada, ya que de información en nuestro poder surge que esos cinemómetros, de esa marca, modelo y números de serie, fueron vendidos en abril del 2022, en Kentucky Estados Unidos y entregados en el mostrador sin factura de exportación.
2) Específicamente, si de las cámaras, se solicitó información a la URSEC, si las mismas habían sido homologadas por ese Organismo, y cuál es el/los DUAS de importación de las mismas, ya que de la verificación de Aduana en coordinación con Policía Científica, intimada por el Juzgado Letrado, resultó que las mismas son de origen China; 3) Por qué no se dio cumplimiento el artículo 225, de la Ley 19.276, Código Aduanero, y archivaron la denuncia sin verificar y enviar la misma al Juzgado en un plazo que no podría ser mayor a los 10 días y sin notificarme, ya que lo hicieron porque lo solicité vía mail, transcurridos 6 meses.