Medidas de reducción del IMESI en frontera
Pedidos de Informes
Respuesta a pedido de informes del representante Fermín Farinha, al amparo de lo dispuesto por el artículo 118 de la Constitución de la República y la Ley Nº 17.673 mediante la cual solicita:
- - ¿Cuáles fueron los fundamentos técnicos, económicos y jurídicos que llevaron al Ministerio de Economía y Finanzas a disponer la reducción del descuento del IMESI en combustibles en zonas de frontera, en especial en frontera con Argentina, del 33 al 28%?
- Si el Ministerio tuvo a la vista, analizó o consideró el Monitor de Precios de Combustibles correspondiente a diciembre de 2025 y otros informes técnicos similares, y en caso afirmativo: ¿Cómo explica que se haya adoptado una decisión contraria a sus conclusiones expresas?
- ¿Qué estudios alternativos, informes técnicos o modelizaciones económicas respaldan la decisión adoptada, solicitándose su remisión íntegra?
- Cómo compatibiliza el Ministerio la reducción del descuento del IMESI con la finalidad establecida en el Decreto Nº 398/007, cuando los propios datos oficiales indican que la paridad efectiva se logra -o incluso requiere incrementarse- con descuentos superiores.
- Qué evaluación de impacto económico y social se realizó respecto de los efectos de la medida en:
- el comercio local,
- el empleo,
- la recaudación departamental,
- y la competitividad de las estaciones de servicio en los departamentos fronterizos.
- Si el Ministerio reconoce que la medida implica un encarecimiento relativo del combustible en frontera y, en su caso, cómo justifica dicha consecuencia frente al mandato legal de equiparación de precios.
- Cuál es la estimación de recaudación mensual del IMESI en naftas a partir de la medida adoptada, adjuntando un relacionado comparativo de recaudación del impuesto en forma mensual en los años 2023, 2024 y 2025, en sus diferentes porcentajes.
Solicitante
- Representante Fermín Farinha
Fecha
Fecha de solicitud: 13/01/2026
Fecha de respuesta: 19/03/2026
