Movimientos internacionales de billetes físicos denominados en dólares vinculados al sistema financiero uruguayo
Pedidos de Informes
Respuesta a pedido de informes del senador Pedro Bordaberry, al amparo de lo dispuesto por el artículo 118 de la Constitución de la República y la Ley Nº 17.673 mediante el cual solicita información referente a los movimientos internacionales de billetes físicos denominados en dólares estadounidenses vinculados al sistema financiero uruguayo.
En particular se solicita información sobre si el sistema financiero uruguayo realiza envíos periódicos de billetes físicos denominados en dólares estadounidenses hacia el exterior, particularmente hacia los Estados Unidos de América.
En caso afirmativo, detallar los montos totales enviados anualmente y mensualmente durante los últimos diez años, indicando en la medida de lo posible el destino geográfico de dichos envíos.
Informar qué instituciones financieras del país realizan este tipo de operaciones, especificando si el Banco de la República Oriental del Uruguay participa en las mismas y en qué carácter.
Indicar los fundamentos operativos o financieros de dichos envíos, tales como:
- clasificación y recirculación de billetes,
- destrucción de billetes deteriorados,
- compensación con bancos corresponsales,
- excedentes de efectivo en moneda extranjera u otros motivos.
Señalar qué entidades o bancos corresponsales en el exterior reciben habitualmente dichos envíos.
Informar si el Banco Central del Uruguay lleva registros estadísticos sistemáticos de los movimientos internacionales de billetes físicos en moneda extranjera, y en caso afirmativo remitir los informes o reportes disponibles.
Indicar qué empresas o mecanismos logísticos se utilizan para el transporte internacional de estos valores, y bajo qué marco regulatorio se realizan dichas operaciones.
Informar si existen reportes o comunicaciones periódicas de estas operac10nes a organismos internacionales o a la Reserva Federal de los Estados Unidos.
Remitir toda documentación, estudios o reportes técnicos existentes en el Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco Central del Uruguay o el Banco de la República Oriental del Uruguay relativos a la gestión y movimiento internacional de billetes fisicos en dólares.
Remitir toda documentación, estudios o reportes técnicos existentes en el Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco Central del Uruguay o el Banco de la República Oriental del Uruguay relativos a la gestión y movimiento internacional de billetes fisicos en dólares.
Cualquier otra información que los organismos consultados consideren relevante para comprender la magnitud, frecuencia y naturaleza de estos movimientos de efectivo en moneda extranjera.
Solicitante
- Senador Pedro Bordaberry
Fecha
Fecha de solicitud: 11/03/2026
Fecha de respuesta: 02/07/2026
