Resolución N° 11/018 Fijación de Valores Reales

Fija los valores reales de los inmuebles sitos en la Localidad Catastral "Termas del Arapey".

RESOLUCIÓN No. 11/2018

VISTO: la necesidad de determinar los valores reales de los inmuebles sitos en la Localidad Catastral “Termas del Arapey”, cuyo empadronamiento se dispuso por Resolución de esta Dirección Nº 10/2018 de fecha 06 de febrero de 2018.

RESULTANDO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro fijar los valores reales de los mencionados inmuebles.

CONSIDERANDO: I) Que dicha categorización fue al amparo de los Decretos Nº 5715/1988, 5773/1990, 5840/1995, 5854/1996, 6118/2002 y Resolución Nº 80/1988, en el marco de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008, Instrumento de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible; la Junta Departamental de Salto categorizó los padrones rurales Nºs 166, 8308, 8888, 8892, 9505, 9506, 9507, 9508, 9509, 9796, 9797, 9798, 9799, 9827, 9836, 9948, 9949, 10372, 10487, 10565, 10566, 12814, 12815 de la 8ª Sección Catastral del Departamento de Salto, a padrón urbano.

II) que los valores reales a fijar de los inmuebles mencionados, tienen su antecedente en el informe técnico efectuado por la Oficina Delegada de Salto de fecha 9 de setiembre de 2016.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a los antecedentes inmediatos y a lo dispuesto por la Ley Nº 12.804 de 30 de noviembre de 1960, modificativas y concordantes.-

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

R E S U E L V E:

1) Fíjanse los valores reales de los inmuebles ubicados en el departamento de Salto, Localidad Catastral “Termas del Arapey”, el cual se detalla en Anexo 1, y que forma parte de la presente Resolución, según resulta de los trabajos realizados por esta Dirección Nacional de Catastro en el marco de la labor de actualización catastral.

2) Emplázase a todos los titulares, conforme lo estipula la Ley citada, bajo apercibimiento de tenérselos por notificados.

3) Encárgase a la División Formación y Mantenimiento Catastral Interior, la coordinación entre la Oficina Delegada de Salto y la Oficina Sede, de la notificación de los nuevos valores reales por el término legal.

4) Comuníquese a la Intendencia Departamental de Salto.
 

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