Resolución N° 16/018 Localidad "Paso del Parque de Daymán"

La Dirección Nacional de Catastro dicta Resolución Nº 16/2018, por la cual se crea la Localidad "Paso del Parque de Daymán", en el Departamento de Salto.

Exp. 2017/05/009/88

Montevideo, 6 de febrero de 2018.

RESOLUCIÓN No. 16 /2018.

VISTO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro, actuando en concordancia con el Gobierno Departamental correspondiente, denominar las nuevas Localidades Catastrales que se creen.

RESULTANDO: que por oficio de fecha 30 de noviembre de 2016, la Intendencia de Salto, comunicó a esta Dirección a través de la Oficina Delegada de Salto, la categorización como “urbano” del padrón rural Nº 9880 de la 10° Sección Catastral del Departamento de Salto, en el marco de las Directrices Departamentales.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto por la Ley 18.308 (LOT) de 18 de junio de 2008, artículo 225 de Ley Nº 18.834 de 4 de noviembre de 2011, Primeros Instrumentos de Ordenamiento Territorial de la Intendencia de Salto, el Decreto Nº 6524/011 de 27 de octubre de 2011 de la Junta Departamental de Salto, y el Decreto departamental de Salto Nº 6717/2013 de 14 de noviembre de 2013, se designó la Localidad “Paso del Parque de Daymán” a la población ubicada en la 10° Sección Catastral del Departamento de Salto.

II) que el padrón rural Nº 9880 se corresponde con el plano de fraccionamiento del Ing. Agrimensor Roque Darío Lavecchia, inscripto con el Nº 9099 de fecha 17/11/1997 en la Oficina Delegada de Catastro de Salto.

ATENTO: a lo establecido en el párrafo según literal a) del artículo 3 del Decreto 364/995 de fecha 3 de octubre de 1995,

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

RESUELVE:

1) Créase en concordancia con el Gobierno Departamental de Salto, la Localidad Catastral “Paso del Parque de Daymán”, que se corresponde con el padrón rural Nº 9880 de la 10ª Sección Catastral de Salto, padrón urbano Nº 1.

2) Dicha Localidad Catastral, estará integrada por la totalidad de los inmuebles empadronados, las calles y plazas y demás espacios libres.

3) Procédase a la fijación de los valores reales.

4) Notifíquese al propietario.

5) Tome conocimiento la Oficina Delegada de Catastro de Salto y encárgase su comunicación al Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Salto e Intendencia de Salto.

6) Comuníquese a la Administración Nacional de Educación Primaria, Dirección General de Registros, Asociación de Agrimensores y Asociación de Escribanos del Uruguay.

7) Publíquese en la página web, Diario Oficial y otro.

Ec. Sylvia Amado

Directora Nacional de Catastro

Publicada en el Diario Oficial el 9 de julio de 2018

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