Resolución N° 17/006 Valores Reales Montevideo

Fija los valores reales de los inmuebles urbanos de la Localidad Catastral Montevideo.

Montevideo, 13 de noviembre de 2006.-

RESOLUCIÓN N°17/06

VISTO: los trabajos realizados para la determinación del valor real territorial de los inmuebles urbanos ubicados en la Localidad Catastral Montevideo, Departamento de Montevideo, los cuales fueron financiados mediante convenio suscrito entre esta Dirección Nacional y la Intendencia Municipal de Montevideo;

RESULTANDO: I) que ha culminado una etapa del trabajo por lo que se está en condiciones de notificar;

II) que tal labor ha permitido efectuar los cálculos tendientes a la determinación del valor real de los inmuebles indicados, por lo que corresponde se dicte el acto administrativo correspondiente, y la notificación de los mismos;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 279 de la Ley 12.804 de 30 de noviembre de 1960 comete a esta Dirección Nacional de Catastro la tarea de fijar el "valor real" de cada inmueble;

II) que dichos valores corresponden sean notificados de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 280 de la Ley 12.804 de fecha 30 de noviembre de 1960, 116 de la Ley 13.695 de fecha 24 de octubre de 1968 y 2 del Decreto Ley No. 14.351 de fecha 19 de marzo de 1975 que "se publicará en el Diario Oficial, en uno o dos diarios de la capital de la República y en uno o más diarios o periódicos preferentemente de la capital del Departamento o la localidad en que se encuentre ubicado el inmueble";

ATENTO: a la normativa citada; 

EL ENCARGADO DEL DESPACHO

DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

RESUELVE:

1- Fijase los valores reales territoriales urbanos en la Localidad Catastral de Montevideo, Departamento de Montevideo, según resultan de las operaciones de cálculo realizadas por esta Dirección Nacional de Catastro en función de los trabajos de relevamiento realizados en el marco de la labor de actualización de la información catastral.-

2- Notifíquese los nuevos valores por intermedio de la Oficina Sede de la Dirección Nacional de Catastro en Montevideo.-

3- Comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Intendencia Municipal de Montevideo.-

Encargado del Despacho de la Dirección Nacional de Catastro

Ing. Agrim. EDUARDO INFANTOZZI 

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