Resolución N° 176/009 Resolución DGC - Sujetos obligados a registrarse e instructivo

Se determina que los sujetos obligados a registrarse para aportar la información a que refiere el inciso 2º del artículo 3º del Decreto 344/009 de 27 de julio de 2009 son aquellas empresas que cumplan simultáneamente con las condiciones: a) que el personal ocupado sea menor a 10 dependientes; b) que sus ventas anuales excluido IVA superen las 5 millones de Unidades Indexadas; c) que financien por sí mismas las ventas de sus propios bienes o servicios en el marco de relaciones de consumo


Créase en la órbita del Área Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio del MEF, un registro de Empresas Comerciales o de Servicios que financien la venta de sus propios bienes o servicios en el marco de relaciones de consumo (Registro de Empresas con Crédito de la Casa). En ese registro se inscribirán todos aquellos sujetos que estuvieren obligados a proporcionar la información exigida por el artículo 13º de la Ley 18.212 del 5 de setiembre de 2007 y por el artículo 3º del Decreto Nº 344/009 de 27 de julio de 2009. Las empresas que cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 1º de la presente Resolución, deberán registrarse a través del formulario (inscripción) disponible en el sitio web de Defensa del Consumidor el cual deberá estar acompañado de certificación notalrial. El plazo para realizar la inscripción será de 60 días a partir de la fecha de la presente Resolución. 

Se aprueba el Instructivo para el Registro de Empresas con Crédito de la Casa en Anexo que forma parte de la presente Resolución. 

El Área Defensa del Consumidor mediante su sitio web pondrá en conocimiento de los consumidores la nómina de empresas incluidas en el Registro que se crea por la presente Resolución. 

Se encomienda al Área de Defensa del Consumidor la realización de las acciones necesarias para la pronta puesta en vigor de lo dispuesto por el Decreto Nº 344/009 de 27 de julio de 2009 y por la presente Resolución.

Descargas

Etiquetas