Resolución N° 27/016 Fijación de Valores Reales

Se fijan los valores reales de los inmuebles sitos en la Localidad Catastral "Cerros de Vera".

RESOLUCIÓN No.27/2016

VISTO: la necesidad de determinar los valores reales de los inmuebles sitos en la Localidad Catastral “Cerros de Vera”, cuyo empadronamiento se dispuso por Resolución de esta Dirección Nº 26/2015 de fecha 14 de junio de 2016;

RESULTANDO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro fijar los valores reales de los mencionados inmuebles;

CONSIDERANDO: I) que dicha categorización lo fue al amparo del Decreto 6524/011 de 27 de octubre de 2011, en el marco de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008, Instrumento de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, la Junta Departamental de Salto, categorizó los padrones rurales Nºs 11192 al 11264 y 11289 de la 5ª Sección Catastral del Departamento de Salto, a padrón urbano, y en el cual se encuentra emplazado un plan de viviendas de MEVIR,.

II) que los valores reales a fijar de los inmuebles mencionados, tienen su antecedente en el informe técnico efectuado por la Oficina Delegada de Salto de fecha 27de octubre de 2014.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a los antecedentes inmediatos y a lo dispuesto por la Ley 12.804 de 30 de noviembre de 1960, modificativas y concordantes,

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

R E S U E L V E:

1) Fíjanse los valores reales de los inmuebles ubicados en el departamento de Salto, Localidad Catastral “Cerros de Vera”, el cual se detalla en Anexo 1, y que forma parte de la presente Resolución, según resulta de los trabajos realizados por esta Dirección Nacional de Catastro en el marco de la labor de actualización catastral.

2) Notifíquese personalmente a MEVIR, emplázandole por el término legal, bajo apercibimiento de tenérselos por notificados.

3) Encárgase a la División Formación y Mantenimiento Catastral Interior, la coordinación entre la Oficina Delegada de Salto y la Oficina Sede, de la notificación de los nuevos valores reales por el término legal.

4) Comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Intendencia Departamental de Salto.

 

 

ANEXO 1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FECHA

PAD. NUEV.

PAD. ANT.

SOLAR

Nº PLANO

FECHA

ING. AGRIM.

V.REAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

21/10/14

1

11192/11196

1 AL 5

1989

16/09/91

C.ASUAGA

$ 157.701,00

 

 

2

11197/11208

6 AL 17

1989

16/09/91

C.ASUAGA

$ 364.938,00

 

 

3 (*)

11209/11213

18 AL 23

1989

16/09/91

C.ASUAGA

$ 216.637,00

 

 

4

11214/11225

24 AL 35

1989

16/09/91

C.ASUAGA

$ 249.044,00

 

 

5

11226/11230

36 AL 40

1989

16/09/91

C.ASUAGA

$ 401.013,00

 

 

6

11231/11242

41 AL 52

1989

16/09/91

C.ASUAGA

$ 357.497,00

 

 

7

11243/11250

53 AL 60

1989

16/09/91

C.ASUAGA

$ 205.890,00

 

21/10/14

8

11251/11263

61 AL 73

1989

16/09/91

C.ASUAGA

$ 355.791,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(*)

 

11264 y 11289

 

 

 

 

 

 

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