Resolución N° 48/016 Fijación de Valores Reales

Se fijan los valores reales de los inmuebles sitos en la Localidad Catastral "Saucedo".

RESOLUCIÓN No.  48/2016

VISTO: la necesidad de determinar los valores reales de los inmuebles sitos en la Localidad Catastral “Saucedo”, cuyo empadronamiento se dispuso por Resolución de esta Dirección Nº 47/2016 de fecha 19 de diciembre de 2016.

RESULTANDO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro fijar los valores reales de los mencionados inmuebles.

CONSIDERANDO: I) que dicha categorización lo fue al amparo del Decreto Nº 6524/011 de 27 de octubre de 2011, en el marco de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008, Instrumento de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, la Junta Departamental de Salto, categorizó los padrones rurales Nºs 12020, 12023, 1387, 8331 y del 11920 hasta el 12019 de la 11ª Sección Catastral del Departamento de Salto, a padrón urbano, y en el cual se encuentra emplazado un plan de viviendas de MEVIR.

II) que los valores reales a fijar de los inmuebles mencionados, tienen su antecedente en el informe técnico efectuado por la Oficina Delegada de Salto de fecha 30 de noviembre de de 2015.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a los antecedentes inmediatos y a lo dispuesto por la Ley 12.804 de 30 de noviembre de 1960, modificativas y concordantes,

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

R E S U E L V E:

1) Fíjanse los valores reales de los inmuebles ubicados en el departamento de Salto, Localidad Catastral “Saucedo”, el cual se detalla en Anexo 1, y que forma parte de la presente Resolución, según resulta de los trabajos realizados por esta Dirección Nacional de Catastro en el marco de la labor de actualización catastral.

2) Emplazase a todos los titulares, conforme lo estipula la Ley citada, bajo apercibimiento de tenérselos por notificados.

3) Encargase a la División Formación y Mantenimiento Catastral Interior, la coordinación entre la Oficina Delegada de Salto y la Oficina Sede, de la notificación de los nuevos valores reales por el término legal.

4) Comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Intendencia de Salto.

ANEXO 1

LOCALIDAD CATASTRAL SAUCEDO

DEPARTAMENTO DE SALTO

 

PADRÓN NUEVO

PAD. ANT.

SOLAR

Nº REG

PLANO

FECHA

ING. AGRIM.

V.REAL

1

12007 AL 12020

88 AL 100

1987

10/12/91

C. ASUAGA

347,054

1

 

y R

1987

10/12/91

C. ASUAGA

 

2

11996 al 12006

77 AL 87

1987

10/12/91

C. ASUAGA

201,184

3

11985 AL 11992

66 AL 73

1987

10/12/91

C. ASUAGA

252,786

3

11920 AL 11925

1 AL 6

6101

06/05/81

W.MARGALL

 

4

11926 AL 11937

7 AL 18

6101

06/05/81

W.MARGALL

262,558

5

8331 Y 12023

1 Y 2

6287

17/02/82

W.MARGALL

166,355

6

11938 AL 11949

19 AL 30

6101

06/05/81

W.MARGALL

276,857

7

11979 AL 11984

57 AL 62

1987

10/12/91

C. ASUAGA

318,399

7

1387

3

1168

01/04/77

H.DELLEPIANE

 

8

11958 AL 11963

47 AL 50. 55y56

6101

06/05/81

W.MARGALL

210,336

8

11974 AL 11978

51 AL 54 y 65

1987

10//12/91

C. ASUAGA

 

9

11952 AL 11957

37 AL 40, 45 y 46

6101

06/05/81

W.MARGALL

240,31

9

11969 AL 11973

41 AL 44 y 64

1987

10//12/91

C. ASUAGA

 

10

11950 y 11951

31 y 32

6101

06/05/81

W.MARGALL

 

10

11964 AL 11968

33 AL 36, 63

1987

10/12/91

C. ASUAGA

109694

10

11993 AL 11995

74 AL 76

1987

10/12/91

C. ASUAGA

 

 

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