Resolución N° 53/017 Creación de Localidad Catastral "Constancia"

Nueva localidad catastral en el Departamento de Paysandú.

RESOLUCIÓN No. 53 /2017.

VISTO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro, actuando en concordancia con el Gobierno Departamental correspondiente, denominar las nuevas Localidades Catastrales que se creen.

RESULTANDO: que por oficio de fecha 26 de setiembre de 2014, la Intendencia Departamental de Paysandú, comunicó a esta Dirección a través de la Oficina Delegada de Paysandú, la categorización como “suburbano” de los padrones rurales Nºs. 2972, 29, 2971, 2970, 3062, 9352, 9500, 9499, 9498, 10970, 10969, 9332, 9331, 9330 de la 12ª Sección Catastral de Paysandú, Localidad Constancia, en el marco de las Directrices Departamentales.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto por la Ley 18.308 (LOT) de 18 de junio de 2008, artículo 225 de Ley Nº 18.834 de 4 de noviembre de 2011, Primeros Instrumentos de Ordenamiento Territorial de la Intendencia Departamental de Paysandú, y el Decreto Nº 6508/011 de la Junta Departamental de Paysandú de 1º de diciembre de 2011, se designó la Localidad “Constancia” a la población ubicada en la 12ª Sección Catastral del Departamento de Paysandú.

II) que los padrones rurales Nºs 2970, 2971 y 2972 se corresponden con el plano de fraccionamiento del Ing. Agrimensor Héctor Laborde, inscripto con el Nº 59 de fecha 23 de junio de 1931; que los padrones rurales Nºs 12653 y 12654 -antes padrón rural Nº 29- se corresponden con en el Plano del Ing. Agrimensor Pablo Asuaga, inscripto con el Nº 12150 de fecha 12 de noviembre de 2012; que el padrón rural Nº 3062 se encuentra sin antecedentes de plano de mensura, que el padrón rural Nº 9352 se corresponde con el Plano del Ing. Agrimensor Rafael A. Thevenet, inscripto con el Nº 4539 de fecha 22 de febrero de 1973; que los padrones rurales Nºs 9498, 9499 y 9500, se corresponden con el Plano del Ing. Agrimensor Alvaro Franco, inscripto con el Nº 9710 de fecha 13 de abril de 1998; que los padrones rurales Nºs 10969 y 10970 se corresponden con en el Plano del Ing. Agrimensor Tulio Patela, inscripto con el Nº 11067 de fecha 26 de diciembre de 2006; que los padrones rurales Nºs 12230 al 12293 -antes padrones rurales Nºs 9332, 9331y 9330 respectivamente y posteriormente fusionados en el padrón rural Nº 12004-, se corresponden con el Plano del Ing. Agrimensor Pablo Asuaga, inscripto con el Nº 11867 de fecha 23 de mayo de de 2011, todos inscriptos en la Oficina Delegada de Catastro de Paysandú.

III) que de los antecedentes en estos obrados, surge que MEVIR es el propietario de los padrones rurales 12.230 al 12.293.

ATENTO: a lo establecido en el párrafo según, literal a) del artículo 3 del Decreto 364/995 de fecha 3 de octubre de 1995;

LA DIRECTORA GENERAL DE LA

DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

RESUELVE:

  1. Créase, en concordancia con el Gobierno Departamental de Paysandú la Localidad Catastral “Constancia”, que se corresponde con los padrones rurales Nºs. 2970, 2971, 2972, 12653, 12654 , 3062, 9352, 9498, 9499, 9500, 10969, 10970, 12230 al 12294, de la 12ª Sección Catastral de Paysandú, padrones suburbanos Nº 1 al Nº 76.

  2. Dicha Localidad Catastral, estará integrada por la totalidad de los inmuebles empadronados, las calles y plazas y demás espacios libres.

  3. Procédase a la fijación de los valores reales.

  4. Notifíquese a los titulares de los padrones mencionados.

  5. Tome conocimiento la Oficina Delegada de Catastro de Paysandú y encárgase de la comunicación al Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Paysandú e Intendencia Departamental de Paysandú.

  6. Comuníquese a la Administración Nacional de Educación Primaria, Dirección General de Registros, Asociación de Agrimensores y Asociación de Escribanos del Uruguay.

  7. Publíquese en la página web y en diario Oficial y otro.

Ec. Sylvia Amado 

Directora Nacional de Catastro

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