Resolución N° 57/023 - Creación de la Localidad " Rincón de Pacheco", en el Departamento de Artigas

La DNC dicta Resolución Nº 57/2023 por la que se crea la localidad "Rincón de Pacheco", en el Departamento de Artigas.

Montevideo, 1 de agosto de 2023.

Creación de la Localidad “RINCON DE PACHECO”, Departamento de Artigas.

RESOLUCIÓN No. 57/2023.

VISTO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro, actuando en concordancia con el Gobierno Departamental correspondiente, denominar las nuevas Localidades Catastrales que se creen.

RESULTANDO: que por comunicación de la Intendencia Departamental de Artigas, comunicó a esta Dirección a través de la Oficina Delegada de Artigas, la categorización como “suburbano” del padrón rural Nº 7405, 7406, 7407, 7408, 7409, 7410, 7411, 7412, 7413, 7414, 7415, 7416, 7417, 7418, 7234 y No.1599-1739 parte, de la 3° Sección Catastral de Artigas.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto por la Ley 18.308 (LOT) de 18 de junio de 2008, artículo 225 de la Ley Nº18.834 de 4 de noviembre de 2011, Decreto de la Junta Departamental de Artigas No 3829 de 19 de noviembre de 2020 reconocimiento como centro poblado “Localidad Rincón de Pacheco”, correspondiente para la calificación de “suburbano” los padrones rurales No. 7405, 7406, 7407, 7408, 7409, 7410, 7411, 7412, 7413, 7414, 7415, 7416, 7417, 7418, 7234 y No.1599-1739 parte, ubicados en la 3a Sección Catastral del Departamento de Artigas.

II) que los padrones rurales individualizados a continuación les corresponden los siguientes planos de fraccionamientos: Padrón No. 7405 al 7418, Plano Inscripto con el No. de Registro 2114, Fecha 31/12/10, Ing. Agrim. Pablo A. ASUAGA; Padrón No. 7234, Plano Inscripto con el No.2114, Registro No.1702, Fecha 13/03/09, Ing. Agrim. Pablo A. ASUAGA y Padrón No. 1599- 1739 parte Bolsón sin Plano;

III) que de los antecedentes en estos obrados, no se conoce la totalidad de los propietarios de los padrones N.º 7405, 7406, 7407, 7408, 7409, 7410, 7411, 7412, 7413, 7414, 7415, 7416, 7417, 7418, 7234 y No.1599- 1739 parte, ubicados en la 3a Sección Catastral del Departamento de Artigas.

ATENTO: a lo establecido en el párrafo según literal a) del artículo 3 del Decreto No. 364/995 de fecha 3 de octubre de 1995.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA

DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

RESUELVE:

1) Créase en concordancia con el Gobierno Departamental de Artigas, la Localidad Catastral “Localidad Rincón de Pacheco”, que se corresponde con los padrones rurales Nº7405, 7406, 7407, 7408, 7409, 7410, 7411, 7412, 7413, 7414, 7415,7416,7417,7418, 7234 y No. 1599-1739 parte, de la 3° Sección Catastral de Artigas, se corresponden a los padrones suburbanos N.º 1 al 16 respectivamente.

2) Dicha Localidad Catastral, estará integrada por la totalidad del inmueble empadronando, las calles y plazas y demás espacios libres.

3) Procédase a la fijación de los valores reales,

4) Notifíquese a los propietarios.

5) Tome conocimiento la Oficina Delegada de Catastro de Artigas y encargase su comunicación al Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Artigas e Intendencia de Departamental de Artigas.

6) Comuníquese a la Administración Nacional de Educación Primaria, Dirección General de Registros, Asociación de Agrimensores y Asociación de Escribanos del Uruguay.

7) Publíquese en la página web.

Arq. Augusto Alcalde

Director Nacional de Catastro

Publicada en el D.O el 23 de noviembre de 2023

Etiquetas