Resolución N° 62/023 - Creación de la Localidad "Paso Farías", en el Departamento de Artigas.

La DNC dicta Resolución Nº 62/2023 que crea la localidad "Paso Farías", en el Departamento de Artigas.

Montevideo, 3 de agosto de 2023.

 

Creación de la Localidad “PASO FARIAS, Departamento de Artigas.

RESOLUCIÓN No. 62/2023.

VISTO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro, actuando en concordancia con el Gobierno Departamental correspondiente, denominar las nuevas Localidades Catastrales que se creen.

RESULTANDO: que por comunicación de la Intendencia Departamental de Artigas, comunicó a esta Dirección a través de la Oficina Delegada de Artigas, la categorización como “suburbano” del padrón rural N.º5885, 5888, 5868, 5869, 5871, 5873, 5874, 5875, 5872, 5870, 5858, 5859, 5860, 5861, 5862, 5863, 5864, 5865, 5866, 5867, 5876, 5877, 5878, 5879, 5880, 5881, 5882, 5883, 5884, 5886, 5900, 5887 y 889(parte) de la 5° Sección Catastral de Artigas;

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto por la Ley 18.308 (LOT) de 18 de junio de 2008, artículo 225 de la Ley Nº18.834 de 4 de noviembre de 2011, Decreto de la Junta Departamental de Artigas No 3829 de 19 de noviembre de 2020 reconocimiento como centro poblado “Localidad Paso Farías ”, correspondiente para la calificación de “urbano” los padrones rurales N.º5885, 5888, 5868, 5869, 5871, 5873, 5874, 5875, 5872, 5870, 5858, 5859, 5860, 5861, 5862, 5863, 5864, 5865, 5866, 5867, 5876, 5877, 5878, 5879, 5880, 5881, 5882, 5883, 5884, 5886, 5900, 5887 y 889 (parte) ubicados en la 5a Sección Catastral del Departamento de Artigas;

II) que los padrones rurales individualizados a continuación les corresponden los siguientes planos de fraccionamientos:

PADRÓN ANTERIOR

FRACCIÓN

PLANO REG.

FECHA

ING.AGRIM

5885

M

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5888

O

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5868

B

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5869

10

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5871

12

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5873

14

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5874

15

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5875

16

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5872

13

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5870

11

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5858

A

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5859

1

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5860

2

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5861

3

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5862

4

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5863

5

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5864

6

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5865

7

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5866

8

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5867

9

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5876

17

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5877

18

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5878

19

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5879

20

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5880

21

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5881

22

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5882

23

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5883

24

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5884

25

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5886

Q

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5900

S

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

5887

R

909

02/02/1999

CARLOS ASUAGA

889(parte)

SIN PLANO

 

 

 

 

III) que de los antecedentes en estos obrados no se conoce en totalidad a los propietarios de los inmuebles;

ATENTO: a lo establecido en el párrafo según literal a) del artículo 3 del Decreto No. 364/995 de fecha 3 de octubre de 1995.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA

DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

RESUELVE:

1) Créase en concordancia con el Gobierno Departamental de Artigas, la Localidad Catastral “Localidad Paso Farías”, que se corresponde con los padrones rurales Nº padrones rurales N.º5885, 5888, 5868, 5869, 5871, 5873, 5874, 5875, 5872, 5870, 5858, 5859, 5860, 5861, 5862, 5863, 5864, 5865, 5866, 5867, 5876, 5877, 5878, 5879, 5880, 5881, 5882, 5883, 5884, 5886, 5900, 5887 y 889 (parte) de la 5° Sección Catastral de Artigas, se corresponden a los padrones urbanos N.º 1 al 33 respectivamente.

2) Dicha Localidad Catastral, estará integrada por la totalidad del inmueble empadronando, las calles y plazas y demás espacios libres.

3) Procédase a la fijación de los valores reales,

4) Notifíquese a los propietarios.

5) Tome conocimiento la Oficina Delegada de Catastro de Artigas y encargase su comunicación al Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Artigas e Intendencia de Departamental de Artigas.

6) Comuníquese a la Administración Nacional de Educación Primaria, Dirección General de Registros, Asociación de Agrimensores y Asociación de Escribanos del Uruguay.

7) Publíquese en la página web.

 

Arq. Augusto Alcalde

Director Nacional de Catastro.

Publicada en el D.O el 8 de noviembre de 2023.

 

Etiquetas