Resolución N° 63/025 _Solicitud de la carátula de permiso de construcción presentado y/o nota otorgado por el Gobierno Departamental
Montevideo, 17 julio de 2025
RESOLUCIÓN N.º 63/2025
VISTO: lo dispuesto por el artículo 279 de la Ley 12.804 de fecha 30 de noviembre de 1960.
RESULTANDO: I) que la norma citada encomendó a la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales la tarea de fijar el “valor real” de cada inmueble;
II) que la Dirección Nacional de Catastro otorga valores provisorios a fin de realizar compromisos de compraventa de unidades en propiedad horizontal;
III) que dada la necesidad de unificar criterios ante las distintas gestiones a nivel nacional a fin de una mejora en la calidad de la gestión y racionalización de los recursos.
CONSIDERANDO:I) que es imperativo aunar criterios en las distintas Oficinas de la Dirección Nacional de Catastro;
II) que a efectos del otorgamiento de valores provisorios se solicitará se presente, caratula del permiso de construcción aprobado y/o nota que otorgue el inicio anticipado de obras emitido por el Gobierno Departamental correspondiente.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el art. 279 de la Ley 12.804 de 30 de noviembre de 1960 y art. 115 de la Ley 13695 de 24 de octubre de 1968, modificativas y concordantes.
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO
RESUELVE:
1) Se solicite la carátula de permiso de construcción presentado y/o nota que otorgue el inicio anticipado de obras, emitido por el Gobierno Departamental correspondiente a efectos de otorgar valores provisorios a los inmuebles.
2) No se tendrán en cuenta los valores promedios para determinar valores provisorios.
3) Notifíquese a todos las Divisiones, Oficinas Delegadas y funcionarios en general de esta Dirección Nacional.
4) Comuníquese a la Asociación de Escribanos del Uruguay, Asociación de Agrimensores del Uruguay y Asociación de Arquitectos.
5) Publíquese en la página web Institucional