Resolución N° 64/023 Creación de la Localidad "Bella Vista", en el Departamento de Paysandú.

La DNC dicta Resolución Nº64/2023 que crea la Localidad "Bella Vista", en el Departamento de Paysandú.

Montevideo, 9 de agosto de 2023.-

RESOLUCIÓN No. 64/2023

VISTO: que es cometido de esta Dirección Nacional de Catastro, actuando en concordancia con el Gobierno Departamental correspondiente, denominar las nuevas Localidades Catastrales que se creen.

RESULTANDO: I) que por documento de fecha 15/09/2022, la Intendencia Departamental de Paysandú comunicó a esta Dirección Nacional, a través de la Oficina Delegada de Paysandú, la categorización como Suelo Urbano de los padrones rurales Nos. 11801 al 11863de la 4ª Sección Catastral de Paysandú.

II) que el Decreto de la Junta Departamental de Paysandú Nro. 6508/2011 en su artículo 39, declara como Localidad Bella Vista a todo el territorio ocupado por dicho Centro Poblado, en el marco del Instrumento de Ordenamiento Territorial 13403 Instr. 5108 Cat. 4.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto por el artículo 30 de la Ley 18.308 (LOT) de 18 de junio de 2008, artículo 225 de la Ley Nº 18.834 de 4 de noviembre de 2011 y artículo 39 del Decreto de la Junta Departamental de Paysandú Nº 6508 de 01 de diciembre de 2011, se designó Localidad “BELLA VISTA” a la población ubicada en la 4ª Sección Catastral del Departamento de Paysandú.

II) que los padrones rurales Nos. 11801 al 11863mencionados, antes padrón rural 7270, se corresponden con el Plano de Mensura y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Guillermo Minutti, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Paysandú, con el Nº 11461 el 5 de marzo de 2009,.

III) que surge del certificado notarial adjunto a estos obrados que MEVIR - Dr. Alberto Gallinal Heber- Persona Pública No Estatal, es la única y actual propietaria de los padrones rurales Nos. 11801al 11863 de la 4ª Sección Catastral del Departamento de Paysandú.

ATENTO: a lo establecido en el párrafo segundo, literal a), del artículo 3 del Decreto 364/995 y a la normativa citada

EL DIRECTOR GENERAL DE LA

DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

RESUELVE:

1) Créase, en concordancia con el Gobierno Departamental de Paysandú, la Localidad Catastral “BELLA VISTA”, que se corresponde con los padrones rurales Nos. 11801 al 11863 de la 4ª Sección Catastral de Paysandú, padrones urbanos Nos 1 a 63.

2) Dicha Localidad Catastral estará integrada por la totalidad de los inmuebles empadronados, las calles y plazas y demás espacios libres, que se corresponden con el Plano de Mensura y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Guillermo Minutti, inscripto y cotejado en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Paysandú con el Nº 11461 el 5 de marzo de 2009.

3) Procédase a la fijación de los valores catastrales.

4) Notifíquese a MEVIR.

5) Tome conocimiento la Oficina Delegada de Catastro de Paysandú y encárgase a la misma la comunicación de la presente Resolución al Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Paysandú y a la Intendencia de Paysandú.

6) Comuníquese a la Administración Nacional de Educación Primaria, Dirección General de Registros, Asociación de Agrimensores y Asociación de Escribanos del Uruguay.

7) Publíquese en el Diario Oficial y en la página web de este Organismo.

Arq. Augusto Alcalde

Director General de Catastro

Publicada en el D.O el 16 de agosto de 2023

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